Orden MinisterialNacionalvigente

Orden SND/858/2021, de 6 de agosto, por la que se prorroga la Orden SND/791/2021, de 23 de julio, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de países de alto riesgo a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

BOE-A-2021-13583Publicada: 07/08/2021Ministerio de Sanidad

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden SND/858/2021, de 6 de agosto, por la que se prorroga la Orden SND/791/2021 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden SND/858/2021 prorroga la Orden SND/791/2021, que establece las condiciones de cuarentena para personas procedentes de países de alto riesgo al llegar a España durante la crisis sanitaria por el COVID-19, hasta el 23 de agosto de 2021. 2. **CONTEXTO** La Orden SND/791/2021, modificada por la Orden SND/821/2021, estableció medidas de cuarentena para viajeros procedentes de países considerados de alto riesgo. Esta medida fue prorrogada mediante la Orden SND/858/2021, que extiende su vigencia hasta el 23 de agosto de 2021. La Orden SND/858/2021 también incluye la ratificación judicial y el régimen de recursos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden SND/858/2021, de 6 de agosto de 2021, tiene como objeto prorrogar la Orden SND/791/2021, de 23 de julio, que establece las condiciones de cuarentena para personas procedentes de países de alto riesgo al llegar a España durante la crisis sanitaria por el COVID-19. La prorroga se extiende desde las 00:00 horas del 10 de agosto hasta las 24:00 horas del 23 de agosto de 2021. La Orden SND/791/2021, modificada por la Orden SND/821/2021, establece que los países de alto riesgo se determinan mediante la valoración conjunta de indicadores epidemiológicos, como la incidencia acumulada por 100.000 habitantes en catorce días, la tasa de positividad, la tasa de pruebas diagnósticas y la tasa de vacunación. Asimismo, se considera la valoración de la Organización Mundial de la Salud sobre las capacidades de respuesta de los países, según el Reglamento Sanitario Internacional, así como el número de vuelos y personas con ese origen que llegan a España, y la circulación de variantes de especial preocupación. Los viajeros procedentes de países considerados de alto riesgo deben cumplir con una certificación de vacunación completa, un certificado de prueba diagnóstica con resultado negativo realizada antes de la llegada a España, o un certificado de recuperación de COVID-19, complementado con la aplicación de cuarentena. La Orden SND/858/2021 también incluye la ratificación judicial, conforme al artículo 11.1.i) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, mediante la confianza de traslado a la Abogacía General del Estado. En cuanto al régimen de recursos, la Orden SND/858/2021 establece que contra ella podrá interponerse recurso de reposición ante el Ministerio de Sanidad dentro de un mes desde su publicación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dentro de dos meses. Se señala que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo. La Orden SND/858/2021 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 10 de agosto de 2021, y fue firmada por la Ministra de Sanidad, Carolina Darias San Sebastián. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden SND/858/2021 prorroga las medidas de cuarentena para viajeros procedentes de países de alto riesgo hasta el 23 de agosto de 2021. Incluye la ratificación judicial y establece el régimen de recursos. La medida se publicó en el BOE el 10 de agosto de 2021. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga de medidas de cuarentena**: La Orden SND/858/2021 extiende la vigencia de las condiciones de cuarentena para viajeros procedentes de países de alto riesgo hasta el 23 de agosto de 2021. ⚠️ **Ratificación judicial**: Se solicita la ratificación judicial de la orden mediante traslado a la Abogacía General del Estado. 📋 **Régimen de recursos**: Se permite interponer recurso de reposición o contencioso-administrativo, con plazos específicos. ℹ️ **Criterios de alto riesgo**: Los países se determinan mediante indicadores epidemiológicos y valoraciones internacionales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 6 de agosto de 2021 - **Materias**: Salud pública, cuarentena, viajes, crisis sanitaria, derechos de los ciudadanos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden SND/858/2021 prorroga las medidas de cuarentena para viajeros de países de alto riesgo,繼承ando la Orden SND/791/2021, que ya establecía requisitos de vacunación, pruebas diagnósticas y cuarentena. Esta normativa nacional se alinea con el enfoque de la Unión Europea, que también utiliza indicadores epidemiológicos comunes para definir países de riesgo, si bien la aplicación concreta y la lista de países son competencia estatal. La prórroga, aprobada por el Ministerio de Sanidad, es crucial para el ciudadano porque mantiene restricciones que buscan limitar la entrada de casos importados de COVID-19, especialmente de variantes preocupantes, protegiendo así la salud pública y evitando la reintroducción de brotes en el territorio español. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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