Orden MinisterialNacionalvigente

Orden SND/1308/2021, de 26 de noviembre, por la que se procede a la actualización en 2021 del sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud.

BOE-A-2021-19643Publicada: 29/11/2021MINISTERIO DE SANIDAD

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

La Orden SND/1308/2021 actualiza anualmente el sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, un mecanismo ya establecido por el Real Decreto Legislativo 1/2015 y desarrollado por el Real Decreto 177/2014. Este sistema, que busca controlar el gasto farmacéutico y garantizar la sostenibilidad sanitaria, se actualizaba previamente por orden ministerial anual, siendo la última la Orden SND/1121/2020. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pueden tener sus propios mecanismos de gestión farmacéutica, esta orden es de ámbito nacional y se alinea con la normativa estatal y, en su espíritu, con las directivas europeas de acceso a medicamentos. La aprobación recae en el Ministerio de Sanidad, previo informe de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Para el ciudadano, esta actualización anual es crucial porque impacta directamente en el coste de los medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud, pudiendo influir en la disponibilidad de genéricos y en la presión sobre el gasto público, lo que a su vez repercute en la capacidad del sistema para ofrecer otros servicios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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