Corrección de errores de la Orden SND/1215/2021, de 5 de noviembre, por la que se modifica el Anexo III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, y los anexos I y II del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden SND/1215/2021, de 5 de noviembre, por la que s ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige un error en la Orden SND/1215/2021, que afecta a la denominación de la Unidad Asistencial “U.102 Banco de oocitos” en el Anexo III del Real Decreto 1030/2006 y en los anexos I y II del Real Decreto 1277/2003. 2. **CONTEXTO** La Orden SND/1215/2021, publicada en el BOE del 9 de noviembre de 2021, modificaba diversos anexos de normas relacionadas con el Sistema Nacional de Salud. Posteriormente, se detectó un error en la denominación de una Unidad Asistencial. Este error fue corregido mediante una corrección de errores publicada en el BOE. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige un error en la Orden SND/1215/2021, de 5 de noviembre, publicada en el BOE del 9 de noviembre de 2021. El error afecta al artículo segundo, apartados uno y dos, y a la disposición adicional única de dicha Orden. En concreto, se menciona la Unidad Asistencial “U.102 Banco de oocitos”, cuando debería decir “U.104 Banco de oocitos”. Este error se detectó en la página 138012 del BOE. La corrección se realiza mediante una rectificación que modifica la denominación de dicha unidad asistencial en los anexos mencionados. La corrección se aplica a los anexos III del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, y a los anexos I y II del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre. Estos anexos establecen la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. La corrección se realiza con el fin de garantizar la precisión y la coherencia de la normativa sanitaria vigente. La corrección no introduce cambios sustanciales en el contenido de los anexos, sino que solo corrige un error tipográfico o de numeración en la denominación de una unidad asistencial. La corrección se publica en el BOE con la fecha de entrada en vigor de la Orden SND/1215/2021, que es el 9 de noviembre de 2021. La corrección se aplica a partir de esa fecha, con el fin de que los organismos y entidades que se rijan por dichas normas puedan aplicar correctamente la normativa sanitaria vigente. La corrección no afecta a los derechos ni obligaciones de los sujetos que se rijan por dichas normas, sino que solo corrige un error en la redacción de la normativa. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige un error en la Orden SND/1215/2021, que afecta a la denominación de una Unidad Asistencial. La corrección se aplica a los anexos III del Real Decreto 1030/2006 y a los anexos I y II del Real Decreto 1277/2003. La corrección no introduce cambios sustanciales, sino que solo corrige un error tipográfico. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige un error en la denominación de la Unidad Asistencial “U.102 Banco de oocitos” en la Orden SND/1215/2021. ⚠️ **Error detectado**: El error afecta a la página 138012 del BOE, en el artículo segundo, apartados uno y dos, y en la disposición adicional única. 📋 **Aplicación**: La corrección se aplica a los anexos III del Real Decreto 1030/2006 y a los anexos I y II del Real Decreto 1277/2003. ℹ️ **Fecha de entrada en vigor**: La corrección se publica en el BOE el 9 de noviembre de 2021, con la misma fecha de entrada en vigor de la Orden SND/1215/2021. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: BOE (Boletín Oficial del Estado) - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 9 de noviembre de 2021 - **Materias**: Salud, Sanidad, Normativa sanitaria, Corrección de errores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto, Orden SND/1215/2021, corrección de errores, Unidad Asistencial, Banco de oocitos, Anexo III, Real Decreto 1030/2006, Real Decreto 1277/2003 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta corrección de errores afecta a una orden que modificaba el Real Decreto 1030/2006, el cual establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, y el Real Decreto 1277/2003, sobre autorización de centros sanitarios. Antes de esta corrección, existía un error tipográfico en la numeración de una unidad asistencial relacionada con bancos de oocitos. La normativa estatal, a través de estos reales decretos, define el marco general para toda España, aunque las Comunidades Autónomas desarrollan y gestionan sus propios servicios sanitarios. La diferencia, aunque sea un error de numeración, importa al ciudadano porque una correcta identificación de las unidades asistenciales es fundamental para la correcta prestación de servicios y la garantía de acceso a tratamientos, asegurando que la información oficial sea precisa y no induzca a confusión sobre la disponibilidad o categorización de servicios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────