Orden MinisterialNacionalvigente

Orden INT/236/2022, de 28 de marzo, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

BOE-A-2022-4917Publicada: 29/03/2022MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden INT/236/2022, de 28 de marzo, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden INT/236/2022 prorroga la Orden INT/657/2020, que establece criterios para la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE y países asociados Schengen por razones de salud pública y orden público durante la crisis de la COVID-19. 2. **CONTEXTO** La Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo estableció restricciones a viajes no esenciales a la UE y países asociados Schengen, con listados de terceros países y categorías de personas exentas. Esta recomendación ha sido modificada varias veces para adaptarse a la evolución epidemiológica. La Orden INT/657/2020, que la aplica en España, finalizaba sus efectos el 31 de marzo de 2022. La Orden INT/236/2022 prorroga dicha orden durante un mes adicional, hasta el 30 de abril de 2022, sin descartar su posible modificación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden INT/236/2022, emitida por el Ministerio del Interior el 28 de marzo de 2022, tiene por objeto prorrogar la Orden INT/657/2020, que establece los criterios para la aplicación de restricciones temporales de viajes no imprescindibles desde terceros países a la UE y países asociados Schengen, por razones de salud pública y orden público, en el marco de la crisis sanitaria causada por la COVID-19. La Orden INT/657/2020, de 17 de julio de 2020, establecía que los efectos de dicha orden se aplicarían desde las 24:00 horas del 22 de julio de 2020 hasta las 24:00 horas del 31 de marzo de 2022. La Orden INT/236/2022 modifica esta fecha final de aplicación, prorrogándola hasta las 24:00 horas del 30 de abril de 2022, sin perjuicio de la posibilidad de su modificación previa si las circunstancias lo requirieran. La disposición final única de la Orden INT/657/2020, que establecía el periodo de vigencia de la restricción, queda modificada en la Orden INT/236/2022, extendiendo su vigencia hasta el 30 de abril de 2022. La Orden INT/236/2022 también establece que los efectos de la misma surtirán efecto desde el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La prorroga se fundamenta en la necesidad de mantener las restricciones de viaje, dada la situación epidemiológica vigente, y en la ausencia de cambios significativos en la Recomendación del Consejo (UE) 2020/912. La Orden INT/236/2022 no introduce nuevos criterios, sino que mantiene los ya establecidos en la Orden INT/657/2020, con la única variación en el periodo de vigencia. La prorroga se aplica sin perjuicio de la posibilidad de modificar cualquiera de los artículos de la Orden INT/657/2020 si las circunstancias lo requirieran, lo que permite una adaptación a futuros cambios epidemiológicos o recomendaciones de la Unión Europea. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden INT/236/2022 prorroga la Orden INT/657/2020, que establece restricciones de viaje no esenciales a la UE y países asociados Schengen, hasta el 30 de abril de 2022. La prorroga se fundamenta en la situación epidemiológica vigente y en la ausencia de cambios significativos en la Recomendación del Consejo. La Orden no introduce nuevos criterios, sino que mantiene los ya establecidos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga de restricciones de viaje**: La Orden INT/236/2022 prorroga la Orden INT/657/2020, que establece restricciones temporales de viajes no esenciales a la UE y países asociados Schengen. ⚠️ **Vigencia extendida**: La vigencia de la restricción se extiende hasta el 30 de abril de 2022, en lugar de finalizar el 31 de marzo. 📋 **Criterios mantienen vigencia**: Los criterios establecidos en la Orden INT/657/2020 permanecen vigentes, sin cambios significativos. ℹ️ **Posibilidad de modificación**: La prorroga no descarta la posibilidad de modificar los criterios si las circunstancias lo requirieran. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 28 de marzo de 2022 - **Materias**: Salud pública, viajes, restricciones, crisis sanitaria, COVID-19 - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la normativa española, a través de la Orden INT/657/2020, aplicaba las restricciones de viajes no esenciales a la UE y países Schengen, basándose en la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, que establecía listas de terceros países exentos y categorías de viajeros. Esta orden ministerial española, aprobada por el Ministro del Interior, se ha ido prorrogando para mantener la alineación con la recomendación europea, que a su vez se ha modificado para adaptarse a la situación epidemiológica. A diferencia de otras normativas autonómicas, esta es de ámbito nacional y su prórroga hasta el 30 de abril de 2022, hasta su eventual supresión, es crucial para el ciudadano ya que determina la posibilidad de entrada al territorio español desde terceros países, afectando a viajes personales, familiares o profesionales, y se mantiene en espera de decisiones a nivel de la Unión Europea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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