Orden MinisterialNacionalvigente

Orden SND/459/2022, de 15 de mayo, por la que se crea la Oficina de asistencia en materia de registros.

BOE-A-2022-8460Publicada: 24/05/2022MINISTERIO DE SANIDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden SND/459/2022, de 15 de mayo, por la que se crea la Oficina de asistencia e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden SND/459/2022 crea la Oficina de asistencia en materia de registros dentro del Ministerio de Sanidad, adaptándola a la normativa vigente sobre servicios de registro electrónicos. 2. **CONTEXTO** La Orden SND/459/2022 se enmarca en el marco legal del Procedimiento Administrativo Común y el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. El Ministerio de Sanidad se adapta a la categoría de oficinas de horario especial, estableciendo su horario de funcionamiento. La norma también establece medidas de desarrollo y ejecución, así como condiciones de no incremento del gasto público. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden SND/459/2022, de 15 de mayo de 2022, crea la Oficina de asistencia en materia de registros dentro del Ministerio de Sanidad. Esta medida se fundamenta en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, que permite la presentación de documentos en oficinas de asistencia en materia de registros, según el artículo 16.4.d). Además, el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, regula estas oficinas en el ámbito de la Administración General del Estado, en su artículo 40. La Orden SND/459/2022 establece que el Ministerio de Sanidad se adecuará a la categoría de oficinas de horario especial prevista en el apartado quinto.1.c) de la Resolución de 4 de noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública. Este horario se establece como lunes a viernes de 9:00 a 17:30 en invierno (de 16 de septiembre al 15 de junio) y de 8:00 a 15:00 en verano (de 16 de junio a 15 de septiembre). La norma también incluye una disposición adicional primera que faculta a la persona titular de la Subsecretaría de Sanidad para adoptar medidas necesarias para el desarrollo y la ejecución de la orden. La disposición adicional segunda establece que la aplicación de la orden no incrementará el gasto público, y que las medidas incluidas se atenderán con las dotaciones presupuestarias ordinarias. La disposición derogatoria única deroga parcialmente la Orden SCO/2751/2006, de 31 de agosto, por la que se crea el Registro Telemático del Ministerio de Sanidad y Consumo, en lo que se refiere al Ministerio de Sanidad. Por último, la disposición final única establece que la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta norma busca garantizar que el Ministerio de Sanidad se integre en el sistema de oficinas de asistencia en materia de registros, facilitando la presentación de documentos en papel y su digitalización para su incorporación al expediente administrativo electrónico, tal como establece la Ley 39/2015. Además, se garantiza la continuidad del servicio sin incremento del gasto público, lo que refleja una política de eficiencia y modernización en la gestión administrativa. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden SND/459/2022 crea la Oficina de asistencia en materia de registros en el Ministerio de Sanidad, adaptándola a la normativa vigente. Establece horarios de funcionamiento, medidas de desarrollo y condiciones de no incremento del gasto público. La norma se integra en el marco legal del Procedimiento Administrativo Común y el Reglamento de actuación por medios electrónicos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Oficina de asistencia en materia de registros** en el Ministerio de Sanidad. ⚠️ **Adaptación a horarios de oficinas de horario especial** con horarios definidos para invierno y verano. 📋 **No incremento del gasto público** y uso de dotaciones presupuestarias ordinarias. ℹ️ **Derogación parcial de la Orden SCO/2751/2006** en lo referente al Ministerio de Sanidad. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden SND/459/2022 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 15 de mayo de 2022 - **Materias**: Procedimiento administrativo, registros electrónicos, servicios públicos, gestión administrativa - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial, la Ley 39/2015 ya contemplaba la existencia de oficinas de asistencia en materia de registros, pero su regulación específica y su creación a nivel de ministerio, como la del Ministerio de Sanidad, se materializa ahora. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pueden tener estructuras similares, esta norma estatal establece una oficina concreta dentro de la Administración General del Estado, alineándose con el marco europeo de digitalización administrativa y el derecho ciudadano a la asistencia electrónica. La aprobación recae en el Ministerio de Sanidad, previa autorización de Hacienda y Función Pública, y su importancia para el ciudadano radica en facilitar la interacción digital con la administración, especialmente en trámites relacionados con la salud, garantizando el acceso y la asistencia en el uso de medios electrónicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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