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Resolución de 21 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se establece el procedimiento para la liquidación y el pago por vía electrónica de la tasa 110.

BOE-A-2023-10214Publicada: 28/04/2023MINISTERIO DE SANIDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 21 de abril de 2023, de la Subsecretaría, por la que se establece ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 21 de abril de 2023 establece el procedimiento para la liquidación y el pago por vía electrónica de la tasa 110, regulando el uso de canales electrónicos para su cobro. 2. **CONTEXTO** Esta norma se enmarca en el marco legal de la administración electrónica en España, regulado por la Ley 39/2015 y la Orden HAC/729/2003. La Resolución se emite en cumplimiento de la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad, según el Real Decreto 852/2021. Su objetivo es garantizar la transparencia y eficacia en el cobro de la tasa 110. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 21 de abril de 2023, de la Subsecretaría, establece el procedimiento para la liquidación y el pago por vía electrónica de la tasa 110. En su artículo 1, se determina que el pago de la tasa se realizará a través de canales electrónicos, en cumplimiento con el derecho de los ciudadanos a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la Ley 39/2015. En el artículo 2, se establece que el pago se efectuará a través de cuentas restringidas abiertas en entidades colaboradoras con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a la Orden EHA/2027/2007, modificada por las Ordenes HAP/122/2015 y HFP/915/2021. Estas entidades gestionan el sistema de pago telemático, permitiendo al ciudadano realizar el pago mediante tarjetas de crédito o débito, o mediante el sistema de cargo en cuenta. En el artículo 3, se detalla el proceso de generación del Número de Referencia Completo (NRC), que actúa como justificante del pago. La Agencia Estatal de Administración Tributaria generará este NRC, que será enviado al Ministerio de Sanidad tras el pago, y posteriormente se enviará al interesado un mensaje de confirmación. El NRC y el justificante de pago serán los documentos que acrediten la realización del ingreso. En el artículo 4, se establece que el pago se realizará únicamente a través de las cuentas restringidas abiertas en las entidades colaboradoras, en los términos establecidos en la Orden EHA/2027/2007. Estas cuentas están gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que supervisa el proceso de recaudación. En el artículo 5, se detalla el procedimiento de comprobación del pago. El Ministerio de Sanidad, tras recibir el NRC de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, verificará la correcta realización del pago y enviará al interesado un mensaje de confirmación. Este proceso garantiza la transparencia y la seguridad en la gestión de la tasa. Finalmente, en el artículo 6, se establece que la presente Resolución surtirá efectos a los cinco días hábiles de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma se emite en cumplimiento de la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad, según el Real Decreto 852/2021, que atribuye a la Subsecretaría la responsabilidad de la convocatoria y resolución de pruebas selectivas, entre otros actos administrativos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece un procedimiento claro y transparente para el pago de la tasa 110 por vía electrónica. Se garantiza la seguridad y la eficacia del proceso mediante el uso de canales electrónicos y la generación de justificantes de pago. La norma entra en vigor cinco días hábiles después de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento electrónico**: Se establece el pago de la tasa 110 a través de canales electrónicos, en cumplimiento con la Ley 39/2015. ⚠️ **Cuentas restringidas**: El pago se realizará únicamente a través de cuentas abiertas en entidades colaboradoras con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 📋 **Justificante de pago**: El Número de Referencia Completo (NRC) y el justificante de pago acreditan la realización del ingreso. ℹ️ **Efectos de la norma**: La Resolución entra en vigor cinco días hábiles después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 21 de abril de 2023, de la Subsecretaría - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 21 de abril de 2023 - **Materias**: Administración electrónica, recaudación, tasas, procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, el pago de la tasa 110, correspondiente a los derechos de examen del Ministerio de Sanidad, se regía por la Orden HAC/729/2003, que permitía el pago telemático de tasas estatales bajo ciertas condiciones y resoluciones ministeriales. Esta nueva resolución, aprobada por la Subsecretaría, establece un procedimiento específico para la liquidación y pago electrónico de dicha tasa, alineándose con el derecho y la obligación general de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, consagrado en la Ley 39/2015. Si bien otras Comunidades Autónomas y normativas estatales ya contemplan pagos telemáticos, esta resolución concreta el proceso para la tasa 110, facilitando al ciudadano la realización de este trámite de forma más ágil y accesible, evitando desplazamientos y simplificando la gestión administrativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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