Resolución 300/38523/2024, de 26 de noviembre, de la Secretaría de Estado de Defensa, por la que se crea el portal de internet del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro Sanitario de Vida y Esperanza.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución 300/38523/2024, de 26 de noviembre, de la Secretaría de Estado de Def ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución 300/38523/2024 crea el portal de internet del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro Sanitario de Vida y Esperanza, con normas sobre su contenido, funcionalidades y seguridad. 2. **CONTEXTO** La norma se basa en la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, que regulan el procedimiento administrativo y el régimen jurídico del sector público. Estas leyes promueven el uso de medios electrónicos en las administraciones públicas. La Resolución se alinea con el Real Decreto 203/2021, que establece normas sobre la actuación del sector público por medios electrónicos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución 300/38523/2024, de 26 de noviembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Defensa, establece la creación del portal de internet del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla», Centro Sanitario de Vida y Esperanza. Este portal se define como un punto de acceso electrónico que permite el acceso a la información publicada y a la sede electrónica correspondiente, según el artículo 39 de la Ley 40/2015. El portal debe cumplir con los contenidos y canales mínimos de atención a las personas interesadas, así como con los criterios de imagen institucional, según el apartado 2 del artículo 5 del Real Decreto 203/2021. Además, debe incluir información administrativa horizontal, como enlaces a ofertas de empleo público en la Red Hospitalaria de la Defensa, y facilitar el acceso a dispositivos móviles. Los contenidos, formatos y funcionalidades del portal deben cumplir con la normativa de reutilización, accesibilidad y transparencia obligatoria para los sitios web. Asimismo, el portal debe incorporar sistemas de seguridad según el Real Decreto 311/2022, y de interoperabilidad según el Real Decreto 4/2010, en aplicación de la Ley 40/2015. El portal seguirá las disposiciones generales de imagen institucional establecidas por la Administración General del Estado. Además, su funcionamiento no implicará incremento de gasto público, ya que será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios de la Subsecretaría de Defensa. La Secretaría de Estado de Defensa será responsable de la dirección y coordinación técnica. La resolución entrará en vigor a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se emitió por la Secretaria de Estado de Defensa, María Amparo Valcarce García, y se publicó en Madrid el 26 de noviembre de 2024. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución crea un portal web para el Hospital Central de la Defensa, que debe cumplir con normas de accesibilidad, seguridad y transparencia. Su funcionamiento no incrementará el gasto público. La norma entra en vigor tras su publicación en el BOE. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del portal web**: Se establece el acceso electrónico al Hospital Central de la Defensa. ⚠️ **Cumplimiento normativo**: Debe cumplir con leyes como la 39/2015 y 40/2015, así como con Real Decreto 203/2021. 📋 **Funcionalidades obligatorias**: Incluye enlaces a empleo público, accesibilidad, seguridad y interoperabilidad. ℹ️ **No incremento de gasto**: El portal funcionará con recursos existentes de la Subsecretaría de Defensa. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Estatal - **Fuente**: Resolución 300/38523/2024 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 26 de noviembre de 2024 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho digital, derecho de la administración pública - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, el derecho a la relación electrónica con las administraciones públicas ya estaba consolidado en la normativa estatal, concretamente en la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015, que definen los portales de internet como puntos de acceso electrónico. Si bien otras comunidades autónomas y el propio Estado han desarrollado normativas específicas sobre portales y funcionamiento electrónico, esta resolución concreta la creación del portal del Hospital Central de la Defensa «Gómez Ulla» por la Secretaría de Estado de Defensa, un órgano con competencias en la gestión de la sanidad militar. La importancia para el ciudadano radica en que esta iniciativa, alineada con la tendencia general de digitalización, facilita el acceso a información y servicios sanitarios militares a través de un canal electrónico unificado, mejorando la eficiencia y la accesibilidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────