Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 767/2025, de 2 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 1157/2021, de 28 de diciembre, por el que se regulan los medicamentos veterinarios fabricados industrialmente, y el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios.

BOE-A-2025-17503Publicada: 03/09/2025MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** Este decreto actualiza las normas sobre medicamentos para animales. Simplifica cómo se fabrican, distribuyen y se prescriben estos fármacos en clínicas veterinarias y granjas, adaptándose a nuevas exigencias sanitarias europeas y a cambios en la práctica veterinaria. **A quién afecta** Principalmente a veterinarios, clínicas y farmacias veterinarias, laboratorios que fabrican medicinas para animales, y ganaderos. También toca indirectamente a dueños de mascotas, pues puede influir en disponibilidad y precio de medicamentos. **Qué cambia** Se flexibilizan algunos trámites administrativos para obtener autorizaciones de medicamentos. Se actualizan requisitos de almacenamiento y distribución (cómo se transportan y guardan). Se precisan las reglas sobre antibióticos veterinarios, un asunto crítico porque su mal uso genera resistencias que afectan también a humanos. Veterinarios tendrán más claridad sobre cuándo pueden prescribir ciertos fármacos sin intermediarios. **Cuándo entra en vigor** El decreto se publica el 2 de septiembre de 2025, aunque algunos plazos de adaptación pueden ser graduales (típicamente 3-6 meses para que laboratorios y farmacias se adecúen a nuevos requisitos).

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto 767/2025, la regulación de los medicamentos veterinarios se basaba principalmente en el Real Decreto Legislativo 1/2015 y en los Reales Decretos 1157/2021 y 666/2023. Esta normativa nacional, que se alinea con directivas europeas, establecía las bases para la fabricación, distribución, prescripción, dispensación y uso de estos productos. La aprobación recae en el Gobierno central, sin que las Comunidades Autónomas tengan competencias plenas en esta materia, aunque sí en su aplicación y control. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que estas modificaciones buscan mejorar la claridad y eficacia regulatoria, lo que puede traducirse en un acceso más seguro y eficiente a medicamentos veterinarios, beneficiando tanto a los titulares de animales como a la salud pública en general. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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