Ley 3/2026, de 30 de marzo, de modificación de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, por la que se establecen medidas de prevención y protección integral contra la violencia en el Sistema de salud de Galicia.
¿Qué dice esta ley?
**Violencia en hospitales y centros de salud: nueva protección** Los trabajadores sanitarios en Galicia tendrán ahora protección legal contra agresiones. La ley crea un sistema de prevención y defensa integral para médicos, enfermeros y todo el personal que sufra violencia (física, verbal o psicológica) durante su trabajo en hospitales, centros de salud o ambulancias. Afecta principalmente a profesionales sanitarios, pero también a pacientes y sus familias, porque la norma regula comportamientos violentos en cualquier dirección. La administración sanitaria gallega deberá implementar estas medidas. En concreto, se establecen protocolos para denunciar agresiones, apoyo psicológico para víctimas, formación en prevención de conflictos, y se refuerza la colaboración con fuerzas de seguridad. Además, habrá registro de incidentes de violencia para identificar patrones y mejorar la seguridad. Las agresiones documentadas podrán facilitar acciones judiciales (demandas penales o civiles). Entra en vigor el 30 de marzo de 2026. A partir de esa fecha, los centros sanitarios gallegos tienen obligación de adaptarse a estos requisitos.
💬 Contexto ciudadano
Los sanitarios ya tenían protección penal general, igual que cualquier trabajador. El problema era la protección reforzada por atentado a la autoridad, que los tribunales aplicaban de forma desigual al personal laboral y a los enfermeros. La sanidad está transferida a las comunidades autónomas, por lo que cada una legisla su propio sistema de protección. Galicia se suma así a Cataluña (2020), Canarias (2020), Valencia (2021) y Baleares (2022), que ya tienen leyes similares. Madrid, Andalucía y otras aún solo tienen protocolos sin rango de ley.