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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TAS/1415/2007, de 10 de mayo, por la que se publican los Estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales.

BOE-A-2007-10393Publicada: 23/05/2007Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

¿Qué dice esta ley?

**Se aprueban las normas básicas para los educadores sociales** Esta orden ministerial publica los estatutos provisionales del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales. Básicamente, establece las reglas iniciales para organizar y regular la actividad de estos profesionales a nivel nacional. Su objetivo es asegurar un marco de actuación común para todos los colegios de educadores sociales que existen en España. Lo que cambia concretamente es que se da luz verde a los estatutos que regirán el funcionamiento de este Consejo General. Estos estatutos definen su estructura, sus objetivos y cómo se tomarán las decisiones. Es un paso fundamental para que los educadores sociales tengan una representación unificada y unas normas claras de actuación en todo el territorio español. La orden entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 23 de mayo de 2007. Esto significa que desde esa fecha, las normas establecidas en estos estatutos provisionales comenzaron a aplicarse para la organización del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la creación del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales se había aprobado mediante una ley en 2006, pero faltaba desarrollar sus estatutos provisionales. Esta orden ministerial cumple con ese requisito, publicando las normas que regirán su funcionamiento inicial. A diferencia de otras profesiones con colegios consolidados, la de educador social estaba en proceso de formalización a nivel estatal. La aprobación de estos estatutos es importante porque sienta las bases para la organización y representación de estos profesionales, garantizando un marco legal y de actuación unificado en todo el país, lo cual es crucial para la calidad y el reconocimiento de su labor. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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