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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2665/1998, de 11 de diciembre, por el que se completa el Real Decreto 487/1998, de 27 de marzo, sobre reconocimiento, como cotizados a la Seguridad Social, de los períodos de actividad sacerdotal o religiosa a los sacerdotes y religiosos o religiosas de la Iglesia Católica secularizados.

BOE-A-1999-345Publicada: 08/01/1999Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales

¿Qué dice esta ley?

**Reconocimiento de años de servicio para sacerdotes y religiosos** Este Real Decreto permite que los sacerdotes y religiosos que dejaron su vocación antes del 1 de enero de 1997 puedan computar el tiempo en que ejercieron su ministerio como años cotizados a la Seguridad Social. Esto significa que esos años, en los que no podían cotizar por no estar incluidos en el sistema, ahora se tendrán en cuenta para calcular su pensión de jubilación. El objetivo principal es que estas personas puedan acceder a una pensión de jubilación o, en caso de ya tenerla, que esta sea de mayor cuantía. Se busca así compensar el tiempo de servicio que hasta ahora no se reflejaba en sus prestaciones, garantizando una jubilación más justa. La norma entra en vigor el 8 de enero de 1999. Es importante destacar que este reconocimiento implica una compensación económica por parte de los beneficiarios hacia la Seguridad Social, como contrapartida por los beneficios recibidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Hasta la entrada en vigor de esta norma, los sacerdotes y religiosos secularizados antes de 1997 no podían computar su tiempo de servicio religioso como cotización a la Seguridad Social, lo que afectaba negativamente a sus pensiones. El Real Decreto 487/1998 supuso un primer paso, pero este Real Decreto 2665/1998 completa la regulación, permitiendo el reconocimiento de estos periodos. A diferencia de otras normativas que pueden tener un alcance más general, esta se enfoca específicamente en un colectivo concreto. La aprobación de esta medida por parte del Gobierno central es relevante para garantizar la equidad en el sistema de pensiones y reconocer la contribución de estos ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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