Real DecretoNacionalvigente

Orden IET/562/2013, de 8 de abril, por la que se modifica el anexo IV del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones de inspección técnica de vehículos.

BOE-A-2013-3808Publicada: 11/04/2013MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Orden IET/562/2013, de 8 de abril, por la que se modifica el anexo IV del Real Decreto 224/2008 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **Jurisdicción:** ES | **Fuente:** ES-BOE-REA | **Órgano:** Ministerio de Industria, Energía y Turismo | **Tipo:** Orden Ministerial (Transposición de Directiva UE) | **Fecha:** 8 de abril de 2013 | **Identificador:** Orden IET/562/2013 | **Idioma original:** Español | **Materias:** Transportes y tráfico; Seguridad vehicular; Inspección técnica de vehículos; Transposición derecho comunitario | **Ámbito:** Nacional | **Relevancia IW:** MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Modifica el formulario oficial del informe de inspección técnica de vehículos (ITV) para incluir tres nuevos elementos obligatorios: el símbolo del país de matriculación, la lectura del cuentakilómetros en el momento de la inspección, y la adición de "Luces de circulación diurnas" como unidad de inspección independiente. Estos cambios implementan los requisitos técnicos establecidos en la Directiva Europea 2010/48/UE y entran en vigor el 31 de diciembre de 2013. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El sistema español de ITV se regula desde 2008 por el Real Decreto 224/2008. La Unión Europea aprobó en 2009 la Directiva 2009/40/CE sobre inspección técnica de vehículos, que fue modificada en julio de 2010 por la Directiva 2010/48/UE para adaptar los requisitos al progreso tecnológico vehicular. España transpuso la mayor parte en 2012, pero quedó pendiente la actualización del certificado/informe de inspección técnica, cuya implementación se fija ahora en esta orden para cumplir con la obligación comunitaria antes del 31 de diciembre de 2013. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden modifica específicamente el anexo IV del Real Decreto 224/2008 (Características del informe de inspección técnica de vehículos y normas para su cumplimentación): **Apartado A — Identificación del vehículo:** Se precisa que la casilla de "Matrícula actual" deberá contener no solo los caracteres de la matriculación (números y letras del permiso de circulación), sino también el símbolo del país de matriculación, conforme exige la Directiva 2010/48/UE. Se añade una nueva casilla denominada "Lectura del cuentakilómetros" en la cual constará el kilometraje del vehículo en el momento de la inspección, si está disponible. Estas modificaciones mejoran la identificación y trazabilidad del vehículo inspeccionado. **Apartado B — Alcance y trazabilidad:** Se incorpora "Luces de circulación diurnas" como nueva unidad de inspección (*daytime running lights*), en cumplimiento de la obligatoriedad de estos dispositivos en vehículos de nueva matriculación según normativa europea. Esta incorporación responde tanto a requisitos comunitarios como a propuestas del sector profesional. **Apéndice 1:** Se sustituye por un nuevo formulario que recoge todos estos cambios técnicos en sus estructuras y campos de cumplimentación. El fundamento legal es la disposición final cuarta, apartado 2, del Real Decreto 224/2008, que faculta al Ministro de Industria para adaptar mediante orden los anexos técnicos, manteniéndolos en consonancia permanente con el estado de la técnica y los criterios europeos e internacionales. La orden ha sido sometida a trámite de audiencia con sectores afectados y consulta a Comunidades Autónomas. Incorpora, mediante disposición final primera, las disposiciones del apartado 3 del anexo II de la Directiva 2009/40/CE, en la redacción de la Directiva 2010/48/UE. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** A partir del 31 de diciembre de 2013, todos los informes de ITV en España incluyen el símbolo del país de matriculación, registran el cuentakilómetros en el momento de la inspección, e incorporan la revisión de luces diurnas. Los gestores de estaciones ITV deben actualizar sus formularios. Para conductores y propietarios, sus informes de ITV serán más completos y alineados con estándares de seguridad y trazabilidad europeos. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación/Trámite:** Los gestores de estaciones ITV tienen obligación de actualizar todos sus formularios e impresos antes del 31 de diciembre de 2013; a partir de esa fecha, todo informe de inspección debe contener la matrícula con símbolo de país, lectura de cuentakilómetros e inspección de luces diurnas. ⚠️ **Riesgo/Precaución:** Los informes de ITV emitidos sin estos elementos tras la fecha de entrada en vigor pueden ser considerados no conformes; la administración tributaria y autoridades de tráfico podrían cuestionar la validez de inspecciones incompletas. ℹ️ **Información/Contexto Transfronterizo:** Esta orden transpone íntegramente la Directiva 2010/48/UE, garantizando armonización regulatoria con otros Estados miembros (Alemania, Francia, Portugal, Países Bajos, UE); mejora la trazabilidad internacional y reconocimiento mutuo de inspecciones en el mercado único europeo. ✅ **Oportunidad:** Para operadores de ITV, la incorporación de datos técnicos adicionales mejora la calidad del registro vehicular, facilita la detección de manipulaciones de cuentakilómetros (fraude común en segunda mano) y refuerza la seguridad vial mediante inspección de dispositivos de visibilidad. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden IET/562/2013, el sistema de inspección técnica de vehículos (ITV) en España se regulaba mediante el Real Decreto 224/2008, que no incorporaba aún los requisitos establecidos por la Directiva Europea 2010/48/UE. Esta norma, vigente a nivel estatal, se alineaba con las normas de las Comunidades Autónomas (CCAA), pero no reflejaba plenamente los estándares europeos. La importancia de esta modificación radica en que permite a España cumplir con la Directiva UE 2010/48/UE, armonizando así su sistema de ITV con el marco normativo comunitario y mejorando la seguridad y transparencia en la inspección de vehículos.

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