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Ley OrdinariaNacionalvigente

Decreto 1646/1972, de 23 de junio, para la aplicación de la Ley 24/1972, de 21 de junio, en materia de prestaciones del Régimen General de la Seguridad Social.

BOE-A-1972-944Publicada: 28/06/1972Ministerio de Trabajo

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Decreto 1646/1972, de 23 de junio, para la aplicación de la Ley 24/1972, de 21 d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Decreto 1646/1972 establece normas para la aplicación de la Ley 24/1972 en materia de prestaciones del Régimen General de la Seguridad Social, regulando pensiones, jubilación, invalidez y otras prestaciones económicas. **2. CONTEXTO** La Ley 24/1972, promulgada el 21 de junio de 1972, requiere que el Gobierno, a propuesta del Ministro de Trabajo, dicte disposiciones para su aplicación inmediata. El Decreto 1646/1972 cumple esta exigencia, articulando normas necesarias para la gestión de prestaciones, sin afectar futuras regulaciones. La norma fue aprobada el 23 de junio de 1972, tras deliberación del Consejo de Ministros, y entró en vigor el 1 de julio de 1972. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto 1646/1972 regula la cuantificación y aplicación de prestaciones económicas en el Régimen General de la Seguridad Social, basándose en la Ley 24/1972. En su artículo primero, se establece que la base reguladora de las pensiones se calcula según las bases de cotización durante los períodos señalados en el Reglamento General de Prestaciones Económicas y en el propio Decreto. Esta base también se aplica a otras prestaciones económicas cuya cuantía dependa de dichas bases. En el artículo segundo, se detalla la determinación de las pensiones de jubilación. Mientras no se establezca una escala única de porcentajes, se aplicará la suma de los porcentajes de las escalas del nivel mínimo y complementario vigentes al momento de la entrada en vigor del Decreto. Esto se refiere al artículo 4.1 de la Ley 24/1972. El artículo tercero define la invalidez permanente, distinguiendo entre parcial y total. La invalidez parcial se considera cuando el trabajador sufre una disminución no inferior al 33% en su capacidad laboral. Además, se menciona que las exclusiones previstas en el artículo 83 de la Ley 21/1966 (relativa a la Seguridad Social) quedan sin efecto, permitiendo que la Seguridad Social establezca conciertos para las prestaciones afectadas. Las disposiciones transitorias establecen que, hasta la aprobación del Reglamento General, se mantendrán las normas vigentes el 30 de junio de 1972 para el cálculo de pensiones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. También se preserva la duración máxima de situaciones de incapacidad laboral transitoria iniciadas antes del 1 de julio de 1972, según el artículo 129 de la Ley 21/1966. Además, los trabajadores que percibían subsidios de espera o asistencia en esa fecha continuarán bajo la legislación vigente antes del 1 de julio de 1972. El Decreto se publicó en el *Boletín Oficial del Estado* y entró en vigor el 1 de julio de 1972, con efectos económicos a partir de esa fecha. La norma fue firmada por Francisco Franco y firmada por el Ministro de Trabajo, Licinio de la Fuente y de la Fuente. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto 1646/1972 regula la aplicación de la Ley 24/1972 en materia de prestaciones de la Seguridad Social, estableciendo bases para pensiones, jubilación y invalidez. Incluye disposiciones transitorias para garantizar la continuidad de normas vigentes hasta la aprobación de reglamentos complementarios. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de pensiones**: La base se calcula según las bases de cotización, aplicable a todas las prestaciones económicas. ⚠️ **Transitoriedad**: Se mantienen normas vigentes hasta la aprobación del Reglamento General. 📋 **Aplicación inmediata**: El Decreto entra en vigor el 1 de julio de 1972, con efectos económicos a partir de esa fecha. ℹ️ **Exclusiones derogadas**: Las exclusiones del artículo 83 de la Ley 21/1966 quedan sin efecto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Régimen General de la Seguridad Social). - **Fuente**: Decreto 1646/1972, publicado en el *Boletín Oficial del Estado*. - **Tipo**: Decreto ley. - **Fecha**: 23 de junio de 1972. - **Materias**: Seguridad Social, pensiones, jubilación, invalidez, prestaciones económicas. - **Relevancia**: ALTA (regula normas esenciales para el cálculo y aplicación de prestaciones sociales). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Decreto 1646/1972, la regulación de prestaciones en el Régimen General de la Seguridad Social en España se basaba en normas estatales y regionales (CCAA), con discrepancias en la aplicación de criterios como la base de cálculo de pensiones. La Unión Europea, en su contexto de integración, exigía armonización en materia de seguridad social, aunque no existían regulaciones específicas para España. El Decreto 1646/1972, aprobado en 1972, estableció un marco uniforme para aplicar la Ley 24/1972, resolviendo ambigüedades y asegurando coherencia con principios europeos. Su importancia radica en consolidar un sistema estatal claro, evitando conflictos entre normas regionales y garantizando cumplimiento de estándares supranacionales, lo que facilitó la gestión de prestaciones y la protección de derechos de los ciudadanos.

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