ResoluciónNacionalvigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 1014-2025, contra la Ley 1/2024, de 8 de noviembre, de derogación de la Ley de Cantabria 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria.

BOE-A-2025-4518Publicada: 07/03/2025TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** Un grupo parlamentario ha presentado una demanda ante el Tribunal Constitucional cuestionando una ley que deroga (cancela) otra anterior sobre memoria histórica en Cantabria. En esencia, piden al tribunal que declare inconstitucional (contraria a la Constitución) la decisión de eliminar una norma que protegía la recuperación y documentación de hechos históricos vinculados a la represión durante la dictadura. **A quién afecta** Principalmente a asociaciones memorialistas, investigadores y ciudadanos de Cantabria interesados en recuperar la historia de represaliados durante el régimen anterior a 1978. También impacta indirectamente en políticas públicas regionales sobre cómo gestionar ese legado histórico y en el acceso a información sobre personas desaparecidas o represaliadas. **Qué cambia** La batalla es sobre si Cantabria puede derogar su propia ley de memoria histórica. Si el Tribunal Constitucional da la razón a quienes recurren, la ley de 2024 sería nula y se reactivaría la normativa de 2021. Si no, la derogación se mantiene y desaparecen los compromisos públicos de documentación y reconocimiento de víctimas que recogía esa ley. **Cuándo** El recurso se ha presentado en 2025. La resolución del

💬 Contexto ciudadano

La derogación de la Ley 8/2021 de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria por el nuevo Gobierno del PP cántabro (2023) generó el primer recurso de inconstitucionalidad contra una ley que deroga otra de memoria democrática. La doctrina del TC sobre leyes de memoria autonómicas es escasa: los recursos contra las leyes navarra (2013) y catalana (2017) se plantearon por motivos competenciales distintos. El recurso plantea si una CCAA puede dejar sin efecto sus compromisos sobre memoria histórica mediante ley ordinaria, o si existen derechos adquiridos de las víctimas que generan obligación constitucional de acción positiva. Esta cuestión inédita en España tiene paralelos en el debate europeo sobre el estatuto jurídico de los derechos de memoria en Alemania, Austria y Polonia.

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