Real Decreto 385/2013, de 31 de mayo, de modificación del Real Decreto 1886/2011, de 30 de diciembre, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-RD — Real Decreto 385/2013, de 31 de mayo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **JURISDICCIÓN / FUENTE / ÓRGANO / TIPO / FECHA / IDENTIFICADOR / IDIOMA / MATERIAS / ÁMBITO / RELEVANCIA** ES / ES-BOE-RD / Gobierno de España (Consejo de Ministros) / Real Decreto reglamentario / 31 de mayo de 2013 / RD 385/2013 / Español / Derecho Administrativo, Organización de la Administración General del Estado, Seguridad Nacional, Comisiones Delegadas / Nacional / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Crea el Consejo de Seguridad Nacional como Comisión Delegada del Gobierno para coordinar y ejecutar la Política de Seguridad Nacional bajo dirección presidencial. Suprime la anterior Comisión Delegada para Situaciones de Crisis (cuyas funciones se asumen aquí) e incorpora la Vicepresidenta a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos. --- **CONTEXTO** La Estrategia de Seguridad Nacional requería un órgano colegiado de gobierno que coordinara de forma integrada los recursos de seguridad dispersos en la Administración Pública. El decreto adapta la estructura de Comisiones Delegadas (creada en 2011) para materializar esta estrategia, centralizando bajo el Presidente del Gobierno la dirección de políticas de seguridad e inteligencia que hasta entonces estaban fragmentadas. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto modifica el RD 1886/2011 con los siguientes cambios estructurales: **Creación del Consejo de Seguridad Nacional:** Se constituye como Comisión Delegada del Gobierno para la Seguridad Nacional, presidido por el Presidente del Gobierno (o S.M. el Rey cuando asista). Su composición incluye: la Vicepresidenta de Gobierno y Ministra de la Presidencia; Ministros de Asuntos Exteriores, Defensa, Hacienda, Interior, Fomento, Industria y Economía; y directores de gabinete y centros especializados (art. 3). **Funciones:** El Consejo asiste al Presidente en dirección de Política de Seguridad Nacional (*art. 3.5*), dicta directrices de planificación y coordinación, gestiona crisis, supervisa el Sistema de Seguridad Nacional, verifica cumplimiento de la Estrategia Nacional, aprueba estrategias de segundo nivel, autoriza el Informe Anual de Seguridad Nacional ante Cortes, e impulsa reformas normativas necesarias. **Régimen operativo:** Funciona con criterio flexible convocando solo a ministros competentes según orden del día (*art. 3.2*), pudiendo convocar a otros departamentos ministeriales según afecten a seguridad nacional (*art. 3.3*). Secretaría ejercida por Director del Gabinete de Presidencia. Se reúne bimestralmente como mínimo o cuando circunstancias lo requieran (*art. 3.7*). Puede crear Comités Especializados como órganos de apoyo (*art. 3.6*). **Supresión:** La Comisión Delegada para Situaciones de Crisis queda suprimida, asumiendo el Consejo sus competencias por eficacia operativa. **Modificación composición económica:** La Comisión Delegada para Asuntos Económicos incluye expresamente a la Vicepresidenta como miembro (art. 2). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Gobierno español crea un nuevo órgano colegiado (el Consejo de Seguridad Nacional) que sirve como "cuartel general" para coordinar todas las políticas de seguridad del Estado, desde defensa hasta inteligencia. Cierra la anterior comisión de crisis para evitar duplicidades. Además, incorpora a la Vicepresidenta en decisiones económicas del Gobierno. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación administrativa:** Si trabajas en la Administración Pública (especialmente en ministerios de Defensa, Interior, Asuntos Exteriores, Hacienda o Fomento), debes conocer que las decisiones de Seguridad Nacional se canalizan ahora a través de este único Consejo, con procedimientos formales de convocatoria y orden del día (art. 3.2-3.7). ⚠️ **Impacto en contratación pública:** Las decisiones de inversión o compras con implicaciones de seguridad nacional (defensa, ciberseguridad, infraestructuras críticas) pueden requerir aprobación del Consejo; esto puede alargar tiempos de tramitación en licitaciones que afecten a seguridad. ℹ️ **Información relevancia en contexto español:** Este decreto consolida la estructura de gobernanza de seguridad español alineada con estándares de coordinación interministerial europeos; facilita cooperación en temas transfronterizos (inmigración, terrorismo, ciberseguridad en UE) al centralizar decisiones en un único foro. ✅ **Claridad institucional:** Desde 2013, cualquier política nacional de seguridad (defensa, inteligencia, crisis) tiene punto de decisión único y claro, mejorando transparencia sobre quién decide qué en materia de seguridad estatal. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes del Real Decreto 385/2013, las Comisiones Delegadas del Gobierno estaban establecidas por el Real Decreto 1886/2011, con funciones principalmente en asuntos económicos y crisis. Este nuevo decreto modifica dicha estructura, creando el Consejo de Seguridad Nacional como nueva Comisión Delegada, con el objetivo de centralizar y coordinar la Política de Seguridad Nacional bajo la dirección del Presidente del Gobierno. Este cambio refleja la necesidad de adaptar la organización estatal a la Estrategia de Seguridad Nacional, integrando funciones previamente dispersas y mejorando la coordinación entre las CCAA y el Estado, así como con la UE. La importancia radica en la reorganización de la seguridad nacional como política de Estado, con implicaciones en la cooperación interinstitucional y la gobernanza territorial.