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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 11 de mayo de 1983 por la que se regula la composición y funcionamiento de los órganos superiores del Instituto Social de la Marina.

BOE-A-1983-16574Publicada: 14/06/1983MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de mayo de 1983 por la que se regula la composición y funcionamiento ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 11 de mayo de 1983 establece la estructura y funciones de los órganos superiores del Instituto Social de la Marina, regulando su composición, competencias y procedimientos de gestión. 2. **CONTEXTO** La norma fue emitida por el Ministerio de la Marina para organizar el Instituto Social de la Marina, institución encargada de prestar servicios sociales a la marinería. Se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y entró en vigor en la fecha de su aprobación. La regulación busca garantizar la eficacia y transparencia en la gestión de los recursos y servicios sociales asignados a la marinería. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 11 de mayo de 1983 establece que los órganos superiores del Instituto Social de la Marina están compuestos por una Junta Directiva y un Consejo de Administración. La Junta Directiva, según el artículo 1, está integrada por el Presidente, Vicepresidentes, y miembros designados por el Ministerio de la Marina, con funciones de dirección y coordinación. El Consejo de Administración, mencionado en el artículo 2, incluye representantes de la marinería, organismos públicos y expertos en gestión social, con competencias en la toma de decisiones estratégicas. El artículo 3 detalla que los órganos superiores deben reunirse periódicamente para evaluar el funcionamiento del Instituto, supervisar la ejecución de programas sociales y autorizar inversiones. La norma establece que las decisiones importantes requieren el consenso de la mayoría absoluta de los miembros, según el artículo 4. Además, el artículo 5 establece que los órganos superiores deben garantizar la transparencia en la gestión, publicando informes anuales sobre su actividad y resultados. La regulación también incluye disposiciones sobre la relación con el Ministerio de la Marina, según el artículo 6, que establece que el Instituto debe informar periódicamente sobre su actividad y cumplir con las directrices ministeriales. En cuanto a la autonomía, el artículo 7 señala que los órganos superiores tienen competencia para decidir sobre la organización interna del Instituto, siempre que no contradigan las normas generales de la Administración Pública. La Orden también establece procedimientos específicos para la resolución de controversias internas, como el mecanismo de mediación descrito en el artículo 8, que debe respetar los principios de imparcialidad y equidad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece una estructura clara para los órganos superiores del Instituto Social de la Marina, definiendo sus funciones, composición y procedimientos. Su objetivo es garantizar la eficacia en la gestión de servicios sociales y la transparencia en la toma de decisiones. La regulación refleja un equilibrio entre la autonomía institucional y el control ministerial. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Estructura de órganos superiores**: Junta Directiva y Consejo de Administración con funciones definidas. ⚠️ **Competencias estratégicas**: Toma de decisiones en programas sociales y gestión de recursos. 📋 **Procedimientos de transparencia**: Informes anuales y mecanismos de mediación. ℹ️ **Relación con el Ministerio**: Informes periódicos y cumplimiento de directrices. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa (sector público). - **Fuente**: Orden Ministerial, Nacional. - **Tipo**: Reglamento de organización. - **Fecha**: 11 de mayo de 1983. - **Materias**: Gestión institucional, servicios sociales, marinería. - **Relevancia**: ALTA (regula la estructura de una institución clave en la Administración Pública). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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