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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de diciembre de 1983 por la que se modifica el artículo 57 del Estatuto de Personal no Sanitario al Servicio de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

BOE-A-1983-34309Publicada: 31/12/1983MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de diciembre de 1983 por la que se modifica el artículo 57 del Estat ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** La Orden de 27 de diciembre de 1983 modifica el artículo 57 del Estatuto de Personal no Sanitario al Servicio de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, ampliando la duración de las asignaciones temporales de personal no sanitario en el ámbito de la Seguridad Social. 2. **Contexto** El artículo 57 del Estatuto original regulaba las condiciones para la realización de asignaciones temporales de personal no sanitario en instituciones sanitarias. Estas asignaciones se limitaban a un plazo máximo de tres meses, con la finalidad de cubrir necesidades puntuales de personal. La Orden de 1983 introduce una modificación para adaptar dichas condiciones a nuevas realidades administrativas y operativas. 3. **Contenido Jurídico** La Orden de 1983 modifica el artículo 57 del Estatuto, ampliando el plazo máximo de las asignaciones temporales de personal no sanitario de tres a seis meses. Según el texto modificado, las asignaciones temporales se podrán realizar "durante un plazo no superior a seis meses, salvo que la necesidad lo exija y se justifique con la correspondiente documentación". Esta modificación se justifica en la necesidad de flexibilizar las condiciones para garantizar la continuidad del servicio en instituciones sanitarias, especialmente en contextos de alta demanda o escasez de personal. La norma establece que las asignaciones temporales se realizarán "en los términos previstos en el artículo 57.1, salvo que se trate de personal que se encuentre en situación de movilidad o en prácticas formativas, en cuyo caso se aplicarán las condiciones específicas establecidas en el artículo 57.2". Además, se introduce un régimen de control y supervisión para garantizar el cumplimiento de los plazos y la adecuación de las asignaciones a las necesidades reales de las instituciones. La modificación también incluye una disposición derogatoria, que anula las normas anteriores que se contradigan con esta nueva redacción. Esto asegura que el nuevo texto sea aplicable desde su entrada en vigor, sin conflictos con disposiciones previas. La norma se inscribe en el marco de la regulación del personal no sanitario en el ámbito de la Seguridad Social, con el objetivo de mejorar la eficiencia en la gestión de recursos humanos y adaptarse a las demandas cambiantes del sistema sanitario. 4. **Conclusión simple** La Orden de 1983 modifica el artículo 57 del Estatuto de Personal no Sanitario, ampliando el plazo de asignaciones temporales de tres a seis meses. Esta modificación busca adaptar las condiciones a la realidad operativa de las instituciones sanitarias. La norma se aplica en el ámbito de la Seguridad Social y refleja ajustes administrativos para optimizar la gestión del personal. 5. **Puntos clave** ✅ **Ampliación de plazo**: De 3 a 6 meses para asignaciones temporales. ⚠️ **Justificación documental**: Requiere documentación para justificar la necesidad. 📋 **Régimen de control**: Supervisión para garantizar cumplimiento. ℹ️ **Derogación de normas anteriores**: Se elimina la contradicción con disposiciones previas. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Orden Ministerial de 27 de diciembre de 1983. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 27 de diciembre de 1983. - **Materias**: Salud, derecho administrativo, gestión de personal. - **Relevancia**: ALTA (norma fundamental en la regulación del personal no sanitario en el sistema sanitario público). Palabras: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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