Orden ECC/1159/2013, de 12 de junio, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la I serie de "Tesoros de Museos Españoles".
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden ECC/1159/2013, de 12 de junio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-ORD / Ministerio de Economía y Competitividad / Orden Ministerial / 12 de junio de 2013 / ECC/1159/2013 / Español / Monedas de colección, regulación monetaria, patrimonio cultural / Nacional / INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Autoriza la emisión, acuñación y comercialización de la primera serie de monedas de colección titulada "Tesoros de Museos Españoles" para 2013, en denominaciones de 400€, 50€ y 10€, con reproducciones de obras maestras del Museo del Prado. --- **CONTEXTO** El marco normativo de las monedas de colección en euros se estableció en la Ley 62/2003, modificando la Ley 42/1994, con armonización con Derecho europeo (Reglamento UE 651/2012). Las monedas de colección se caracterizan por no destinarse a circulación y diferenciarse de las de curso legal en al menos dos de tres características (color, peso, diámetro). La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, dependiente de la Secretaría General del Tesoro (conforme al RD 1887/2011 y RD 345/2012), recibió competencia para acuñar y comercializar estas piezas con especificaciones dictadas por orden ministerial. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** Se aprueban tres monedas conmemorativas de la serie inaugural: **Moneda de 400€ (8 escudos, oro de 999 milésimas):** Peso de 27,0 g, diámetro 38 mm, forma circular con canto estriado, calidad *Proof*. Anverso: reprodución del "Autorretrato" de Alberto Durero (1498, Prado), leyenda "ESPAÑA" en circular descendente, año 2013 horizontal, gráfila de perlas y piñones con sector superior izquierdo con leyenda "DURERO". Reverso: reproducciones de "Adán" y "Eva" de Durero (1507, Prado), valor facial "400 EURO" entre ambas imágenes en dos líneas, marca de Ceca a la izquierda, gráfila con sector superior central con leyenda "TESOROS DE MUSEOS ESPAÑOLES". **Moneda de 50€ (plata 925 milésimas):** Peso 168,75 g, diámetro 73 mm, circular, canto liso, calidad *Proof*. Anverso: "Felipe III a caballo" de Velázquez (1634-1635, Prado), leyenda "ESPAÑA" en circular ascendente a la izquierda, año 2013 horizontal, gráfila con sector superior derecho con leyenda "VELÁZQUEZ". Reverso: "Las hilanderas o La fábula de Aracne" de Velázquez (hacia 1657, Prado), valor "50 EURO" en dos líneas a la derecha, marca de Ceca a la izquierda, gráfila con sector superior central con leyenda serie. **Moneda de 10€ (plata 925 milésimas):** Tres piezas de 27 g, diámetro 40 mm, circular, canto estriado, calidad *Proof*. Primera pieza anverso: "El Cardenal" de Rafael (1510-1511, Prado), leyenda "ESPAÑA" en circular ascendente, año 2013, sector superior derecho con leyenda "RAFAEL"; reverso: "Sagrada Familia del Cordero" (1507, Prado), valor "10 EURO". Segunda pieza anverso: "Venus recreándose en la Música" de Tiziano (hacia 1550, Prado), leyenda "ESPAÑA" y año 2013 en superior, sector con leyenda "TIZIANO"; reverso: "Venus y Adonis" (1554, Prado). [Texto incompleto en fuente original para tercera pieza.] --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Estado español autoriza la emisión de monedas artísticas especiales que no circulan en el mercado cotidiano, sino que se comercializan como piezas de colección o inversión, reproduciendo cuadros famosos del Prado. Es una iniciativa de promoción patrimonial y cultural mediante moneda oficial. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de conformidad técnica.** La Fábrica Nacional debe respetar íntegramente las especificaciones de ley, peso, diámetro, composición y diseño de cada pieza; cualquier desviación invalida la emisión oficial. ℹ️ **Monedas de curso legal pero no circulación.** A pesar de tener valor facial en euros (400€, 50€, 10€), estas piezas se comercializan exclusivamente como colección y no entran en canales de circulación; su valor de mercado difiere del nominal. ✅ **Valor de patrimonio e inversión.** La reproducción de obras maestras del Prado genera atractivo tanto coleccionista como de inversión en metales preciosos (oro, plata 925), permitiendo a particulares invertir en cultura material con respaldo estatal. ℹ️ **Procedimiento regulado conforme a Derecho europeo.** La emisión cumple con el Reglamento (UE) 651/2012 sobre monedas en euros, garantizando armonización con estándares de otros Estados miembros. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan votos particulares en esta Orden Ministerial. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden ECC/1159/2013, el marco normativo de las monedas de colección en España se basaba en la Ley 62/2003, que armonizaba con el Reglamento UE 651/2012. Estas monedas, distintas de las de curso legal, no se destinaban a circulación y se diferenciaban en al menos dos características. La Orden de 2013 establece la primera serie de monedas de colección "Tesoros de Museos Españoles", conmemorativas de obras del Museo del Prado, y otorga a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre la competencia para su acuñación y comercialización. Este marco importa porque define el régimen jurídico de las monedas de colección, garantizando su autenticidad y valor coleccionista, alineándose con normas estatales y europeas.