Orden de 3 de febrero de 1984 por la que se fijan los coeficientes aplicables para 1984 para determinar las aportaciones al sostenimiento de los servicios comunes y sociales a cargo de las Mutuas Patronales de Accidentes de Trabajo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 3 de febrero de 1984 por la que se fijan los coeficientes aplicables pa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El presente orden ministerial fija los coeficientes aplicables en 1984 para determinar las aportaciones de las mutuas patronales de accidentes de trabajo y las empresas colaboradoras a los servicios comunes y sociales de la Seguridad Social. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1245/1979, de 25 de mayo, en sus artículos 2 y 4, establece que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social debe fijar anualmente los coeficientes para calcular las aportaciones de las mutuas patronales y empresas colaboradoras. La presente orden se emite en cumplimiento de dicha norma, con efectos desde el 1 de enero de 1984. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El orden ministerial de 3 de febrero de 1984 establece los siguientes coeficientes: - **Artículo 1**: - **Párrafo 1**: Las aportaciones de las mutuas patronales de accidentes de trabajo al sostenimiento de los servicios comunes y sociales de la Seguridad Social se determinan aplicando el coeficiente del **24,40%** (art. 2 del Real Decreto 1245/1979). - **Párrafo 2**: Durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1984, la Tesorería General de la Seguridad Social aplicará dicho coeficiente sobre las cuotas ingresadas por las mutuas, tras descontar la parte relativa al reaseguro obligatorio (art. 1, párrafo 2). - **Artículo 2**: - El coeficiente para las empresas autorizadas a colaborar en la gestión de la asistencia sanitaria e incapacidad laboral derivada de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se fija en el **31,30%** (art. 2). - Este coeficiente se aplica a las cuotas de accidente de trabajo y enfermedad profesional recaudadas por invalidez, muerte y supervivencia durante el periodo de 1984 (art. 2). - **Disposición final**: - Se faculta a la Dirección General de Régimen Económico y Jurídico de la Seguridad Social para resolver cuestiones de carácter general en la aplicación de la orden. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* y surte efectos desde el 1 de enero de 1984 (disposición final). La norma se basa en el marco legal del Real Decreto 1245/1979, que regula las obligaciones de las mutuas y empresas colaboradoras en materia de aportaciones a la Seguridad Social. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden ministerial de 1984 establece coeficientes específicos para las aportaciones de mutuas y empresas colaboradoras a la Seguridad Social. La norma se aplica en el periodo 1984 y delega en la Dirección General de Régimen Económico y Jurídico la resolución de dudas en su aplicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Coeficientes específicos**: 24,40% para mutuas y 31,30% para empresas colaboradoras. ⚠️ **Periodo de aplicación**: Efectos desde el 1 de enero de 1984. 📋 **Legalidad**: Basado en el Real Decreto 1245/1979, artículos 2 y 4. ℹ️ **Delegación**: Facultad a la Dirección General para resolver cuestiones generales. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional. - **Fuente**: Orden Ministerial de 3 de febrero de 1984. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 3 de febrero de 1984. - **Materias**: Seguridad Social, aportaciones, mutuas patronales, empresas colaboradoras. - **Relevancia**: ALTA (normativa básica para el cálculo de aportaciones en el ámbito de la Seguridad Social). **Palabras clave**: coeficientes, mutuas patronales, aportaciones, Seguridad Social, Real Decreto 1245/1979. **Total de palabras**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────