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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 4 de febrero de 1985 por la que se regula el régimen de jornada laboral de mañana y tarde del personal Facultativo de los Servicios Jerarquizados de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social.

BOE-A-1985-2562Publicada: 12/02/1985MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 4 de febrero de 1985 por la que se regula e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en la redacción de la Orden Ministerial de 4 de febrero de 1985, que regula el régimen de jornada laboral de mañana y tarde del personal Facultativo en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial de 4 de febrero de 1985 establecía el régimen de jornada laboral para el personal facultativo en instituciones sanitarias. Durante su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» número 32, de 6 de febrero de 1985, se detectó un error en la redacción del artículo 2, punto 3. Este error afectaba la correcta aplicación de la norma al mencionar incorrectamente los artículos de la Ley 53/1984. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige un error de redacción en la Orden Ministerial de 4 de febrero de 1985, publicada en el «Boletén Oficial del Estado» número 32, de 6 de febrero de 1985, páginas 3034 y 3035. El error consiste en la mención incorrecta de los artículos de la Ley 53/1984 en el artículo 2, punto 3. En concreto, se mencionaba solo el artículo 16, cuando debía incluirse también el artículo 6. La rectificación establece que, en lugar de «que establecen para las actividades de investigación los artículos 16 de la Ley 53/1984», debe decirse «que establecen para las actividades de investigación los artículos 6 y 16 de la Ley 53/1984». Esta corrección es fundamental para garantizar la precisión jurídica y la correcta aplicación de la norma, ya que los artículos 6 y 16 de la Ley 53/1984 regulan aspectos distintos relacionados con las actividades de investigación en el ámbito sanitario. La Ley 53/1984, de 19 de diciembre, establece el régimen jurídico de las instituciones sanitarias públicas y la organización del personal, lo que hace que su correcta aplicación sea esencial para la gestión de las jornadas laborales del personal facultativo. La rectificación no modifica el contenido general de la Orden Ministerial, sino que corrige una errata que podría haber generado confusiones o interpretaciones erróneas en la aplicación práctica de la norma. La corrección se realiza mediante la transcripción de la norma rectificada, asegurando que el texto oficial sea coherente con el marco legal vigente. Esta medida refleja la importancia de la precisión en la redacción de normas jurídicas, ya que incluso un error aparentemente pequeño puede tener implicaciones significativas en la aplicación de las disposiciones. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error en la redacción de una Orden Ministerial de 1985. La corrección afecta a la mención de los artículos de la Ley 53/1984. La rectificación es fundamental para la correcta aplicación de la norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige un error en la redacción de la Orden Ministerial de 1985. ⚠️ **Impacto en la aplicación**: El error podría haber generado confusiones en la interpretación de la norma. 📋 **Artículo afectado**: Artículo 2, punto 3, de la Orden Ministerial. ℹ️ **Referencia legal**: Ley 53/1984, artículos 6 y 16. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 6 de febrero de 1985 - **Materias**: Jornada laboral, personal facultativo, instituciones sanitarias, errata - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la corrección de erratas de la Orden de 1985, el régimen de jornada laboral para personal facultativo en instituciones sanitarias se regulaba bajo la Ley 53/1984, sin una redacción precisa en la mencionada orden. En el contexto comparativo, las comunidades autónomas (CCAA) podían tener normativas propias, mientras que el Estado aplicaba su marco general, y la Unión Europea establecía directivas sobre derechos laborales. La importancia radica en que la corrección asegura la coherencia entre la norma estatal y las leyes vigentes, evitando ambigüedades que podrían afectar la aplicación de derechos laborales, especialmente en un contexto de integración europea y regulación más estricta de horarios. La precisión en la redacción es clave para garantizar el cumplimiento legal y la protección de los trabajadores.

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