Orden FOM/1298/2013, de 28 de junio, por la que se modifica el anexo VI del Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Orden FOM/1298/2013, de 28 de junio, por la que se modifica el anexo VI del Real ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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El Real Decreto 1032/2007 la traspone al ordenamiento español. Con la entrada de Croacia en la Unión Europea, la Directiva 2013/22/UE adapta estas exigencias para incluir el croata como lengua permitida en los documentos de cualificación de conductor (tarjeta CAP). Esta orden cumple esa exigencia comunitaria de armonización lingüística en documentos de reconocimiento mutuo entre Estados miembros. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden modifica el anexo VI del RD 1032/2007 en dos puntos concretos: **Primero**, en el apartado 1, letra e), referido a los datos del anverso de la tarjeta, se inserta la mención «*kvalifikacijska kartica vozača*» (tarjeta de cualificación del conductor en idioma croata) junto a las menciones en otras lenguas oficiales de la UE (gallego, irlandés, etc.). **Segundo**, se reescribe el párrafo segundo de la letra b) sobre datos del reverso. La redacción original permitía que un Estado miembro utilizase una lengua nacional diferente siempre que fuese una de las lenguas europeas explícitamente listadas. La nueva redacción amplia esta flexibilidad: un Estado miembro puede redactar el reverso en su lengua nacional aunque no conste en la lista establecida (*búlgaro, castellano, checo, croata, danés, alemán, estonio, griego, inglés, francés, italiano, letón, lituano, húngaro, maltés, neerlandés, polaco, rumano, portugués, eslovaco, esloveno, finés o sueco*), siempre que elabore una versión bilingüe utilizando una de esas lenguas como referencia. Esto permite a Estados como Croacia introducir textos en croata sin perder compatibilidad con el sistema de reconocimiento mutuo europeo. La orden opera como transposición parcial de la Directiva 2013/22/UE del Consejo, de 13 de mayo de 2013, dictada al amparo de la competencia estatal en materia de transporte (art. 149.1.21.ª Constitución). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** España actualiza los requisitos de las tarjetas de conductor profesional para que Croacia pueda usarlas en su idioma. Los cambios son técnicos y permiten que los documentos de cualificación de transportistas en toda la UE sean reconocibles y válidos, incluso con textos en nuevas lenguas oficiales europeas. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Armonización europea**: facilita el reconocimiento mutuo de cualificaciones profesionales entre todos los Estados miembros, incluida Croacia, eliminando barreras idiomáticas. 📋 **Obligación de actualización**: los organismos españoles expedidores de tarjetas de cualificación de conductor deben utilizar los textos modificados desde el 29 de junio de 2013 (día siguiente a la publicación en BOE). ⚠️ **Aplicabilidad transfronteriza**: transportistas españoles que operen en Croacia y conductores croatas en España deben reconocer la validez de estas tarjetas con mención en croata conforme a la nueva estructura normativa. ℹ️ **Relevancia para transportistas hispanos**: aunque el cambio es administrativo-técnico, afecta a empresas de transporte internacional que requieren verificar la conformidad de documentación de conductores de terceros países miembro. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la entrada de Croacia en la UE en 2013, los documentos de cualificación de conductores en España solo permitían el uso del castellano y otros idiomas oficiales de la UE. La Directiva 2003/59/CE establecía normas comunes, pero no contemplaba la incorporación de nuevos Estados miembros. Con la entrada de Croacia, la Directiva 2013/22/UE exigió la adaptación de los documentos para incluir el croata, lo que motivó la modificación del Real Decreto 1032/2007 mediante la Orden FOM/1298/2013. Esta norma importa porque garantiza la armonización lingüística y el reconocimiento mutuo entre Estados miembros, facilitando el transporte transfronterizo.