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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 21 de febrero de 1985 por la que se establecen los programas y acciones a financiar con cargo al Fondo de Solidaridad para el Empleo.

BOE-A-1985-5911Publicada: 15/04/1985MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 21 de febrero de 1985 por la que se estable ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** La norma corrige un error en la Orden de 21 de febrero de 1985, que establecía los programas y acciones financiados con el Fondo de Solidaridad para el Empleo. Se rectifica la redacción del punto 4 del artículo 5, incluyendo la palabra "afinidad" en la definición de parientes excluidos de subvenciones. 2. **Contexto** La Orden de 1985 fue publicada en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) número 50 del 27 de febrero de 1985. Durante su tramitación, se detectó una omisión en el texto remitido para su publicación. La corrección busca precisar que los parientes por afinidad, junto con los por consanguinidad, están excluidos de las subvenciones. Esta rectificación es relevante para garantizar la aplicación correcta de la norma. 3. **Contenido Jurídico** La norma corrige el artículo 5, punto 4, del texto original. En su redacción original, se establecía que las contrataciones con parientes por consanguinidad hasta el segundo grado del empresario o directivos no eran subvencionables. Sin embargo, se omitió la palabra "afinidad", lo que generaba ambigüedad sobre la inclusión de parientes por afinidad (como cuñados, suegros, etc.). La corrección añade "o afinidad" al texto, modificando la redacción del párrafo para incluir a estos grupos. La corrección se basa en la redacción del artículo 5, punto 4, del texto original, que establecía: *"No serán objeto de subvención las contrataciones cuando se celebren con el cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad hasta el 2.º grado inclusive, del empresario o de quienes ocupan puesto de alta dirección en la Empresa."* La norma rectificada incorpora la palabra "afinidad", resultando en: *"No serán objeto de subvención las contrataciones cuando se celebren con el cónyuge, descendientes, ascendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta el 2.º grado inclusive, del empresario o de quienes ocupan puesto de alta dirección en la Empresa."* Esta modificación es crucial para evitar que se excluyan por error las contrataciones con parientes por afinidad, asegurando que la norma se aplique de manera coherente con su propósito de regular la financiación del Fondo de Solidaridad para el Empleo. La rectificación se realiza mediante un *Orden Ministerial* que corrige errores en la publicación oficial, garantizando la precisión legal. 4. **Conclusión simple** La norma corrige un error en la redacción de un artículo de la Orden de 1985, incluyendo la palabra "afinidad" para garantizar la aplicación correcta de la norma. La rectificación es fundamental para evitar ambigüedades en la exclusión de contrataciones con parientes por afinidad. 5. **Puntos clave** ✅ **Corrección de error**: Se corrige una omisión en el texto original de la Orden de 1985. ⚠️ **Inclusión de afinidad**: Se añade "afinidad" para cubrir parientes por afinidad hasta el segundo grado. 📋 **Redacción exacta**: Se cita el artículo 5, punto 4, con las frases antes y después de la corrección. ℹ️ **Relevancia legal**: La precisión en la normativa es clave para evitar conflictos en la aplicación de subvenciones. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Orden Ministerial, Nacional. - **Tipo**: Rectificación de error en norma. - **Fecha**: 27 de febrero de 1985 (publicación original), 1985 (rectificación). - **Materias**: Empleo, subvenciones, familia, solidaridad. - **Relevancia**: ALTA (afecta la aplicación correcta de la norma y la protección de derechos). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta corrección, la norma de 1985 no incluía la palabra "afinidad" en la definición de parientes excluidos de las subvenciones, lo que generaba ambigüedad sobre si los parientes por afinidad (como cuñados o suegros) estaban sujetos a la exclusión. Esta norma se enmarca en el marco estatal español, mientras que en la Unión Europea existen directivas que regulan la exclusión de parientes en contrataciones públicas, aunque con alcance más general. La importancia de esta corrección radica en garantizar la precisión en la aplicación de la norma estatal, evitando interpretaciones erróneas que podrían afectar la asignación de subvenciones.

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