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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 23 de mayo de 1985 por la que se delega en el Secretario general técnico la firma del título de Graduado Social, expedido por este Departamento.

BOE-A-1985-10440Publicada: 07/06/1985MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 23 de mayo de 1985 por la que se delega en el Secretario general técnic ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 23 de mayo de 1985 revoca la delegación previa del Director General de Trabajo para firmar títulos de Graduado Social y delega esta función en el Secretario General Técnico del Departamento. 2. **CONTEXTO** La norma se inscribe en el marco legal de la formación profesional y la titulación de Graduado Social, regido por el Real Decreto 921/1980 y el Real Decreto 530/1985. La delegación se justifica para adaptar la gestión de títulos a la estructura administrativa actual, en cumplimiento de la Disposición adicional sexta del Real Decreto 530/1985. La Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado (Artículo 22) otorga aministraciones públicas la facultad de delegar funciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden modifica la delegación de competencias en materia de titulación de Graduado Social. Según el texto, se revoca la delegación previa en el Director General de Trabajo (Orden de 26 de enero de 1984), y se establece una nueva delegación en el Secretario General Técnico. Esta decisión se fundamenta en: - El **Artículo 2º, apartado segundo**, del Real Decreto 921/1980, que otorga al Ministerio la facultad de expedir títulos de Graduado Social. - La **Disposición adicional sexta** del Real Decreto 530/1985, que establece normas sobre la expedición de títulos. - El **Artículo 22** de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, que permite a las administraciones delegar funciones en el ámbito de su competencia. La norma refleja una redistribución de competencias internas dentro del Ministerio, con el objetivo de optimizar la gestión de títulos y garantizar la coherencia con los marcos legales vigentes. La delegación al Secretario General Técnico implica que este órgano asuma la responsabilidad de firmar los títulos, lo que podría implicar una mayor coordinación entre áreas técnicas y administrativas. No se menciona la existencia de un procedimiento específico para la revocación de la delegación anterior, lo que sugiere que se ajusta a las normas generales de delegación de funciones. La estructura de la Orden sigue el formato típico de normas ministeriales, con la firma del titular competente (Almunia Amann) y la fecha de entrada en vigor. No se incluyen disposiciones transitorias ni excepciones específicas, lo que indica una aplicación directa de los principios generales de delegación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden modifica la delegación de funciones en materia de titulación de Graduado Social, transfiriendo la firma de títulos al Secretario General Técnico. La decisión se basa en normas vigentes y en la necesidad de adaptar la gestión administrativa. La norma refleja una redistribución interna de competencias sin alterar el marco legal general. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Revocación de delegación previa**: Se rescinde la delegación del Director General de Trabajo. ⚠️ **Nueva delegación**: El Secretario General Técnico asume la responsabilidad de firmar títulos. 📋 **Fundamento legal**: Artículos 2º, 22 y Disposición adicional sexta de los reales decretos mencionados. ℹ️ **Objetivo**: Alinear la gestión de títulos con la estructura administrativa actual. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden - **Fecha**: 23 de mayo de 1985 - **Materias**: Formación profesional, titulación de Graduado Social - **Relevancia**: ALTA (afecta a la gestión de títulos y competencias internas de la administración pública) Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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