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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden 721/39096/1985, de 10 de diciembre, por la que se modifican las fechas de incorporación del primer llamamiento del reemplazo de 1986, perteneciente a Marinería.

BOE-A-1985-25818Publicada: 12/12/1985MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden 721/39096/1985, de 10 de diciembre, por la que se modifican las fechas de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial 721/39096/1985 modifica las fechas de incorporación del primer llamamiento del reemplazo de 1986 en la Marinería, estableciendo que se realizará del 7 al 10 de enero, mientras que los demás llamamientos se mantienen en las fechas previstas en la Orden 711/38827/1985. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en el marco de la Ley 19/1984, de 8 de junio, del Servicio Militar, y del Reglamento aprobado por el Decreto 3087/1969, de 6 de noviembre. Esta última norma, vigente salvo contradicción con la Ley 19/1984, regula el sistema de incorporación de reclutas en las Fuerzas Armadas. La Orden 711/38827/1985 establecía las fechas de los llamamientos para el reemplazo de 1986, y la presente Orden corrige dichas fechas para el primer llamamiento de la Marinería. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 721/39096/1985 modifica el artículo 3 de la Orden 711/38827/1985, que establecía las fechas de incorporación de reclutas por llamamiento asignado. Según el texto modificado, la incorporación de los reclutas en la Marinería se realizará del 7 al 10 de enero, mientras que los demás llamamientos (restantes) se mantienen en las fechas previstas: 1 al 5 de marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. Para otras ramas militares, se establecen fechas específicas: - **Infantería de Marina**: 6 al 10 de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. - **Ejército del Aire**: 11 al 15 de los mismos meses. - **Ejército de Tierra**: 25 al 30 de los mismos meses. La modificación se justifica para ajustar el calendario de incorporación, posiblemente para optimizar la logística o adaptarse a cambios en la organización del Servicio Militar. La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE), según el artículo 2. La norma se basa en la Ley 19/1984, que regula el Servicio Militar, y en el Reglamento del 3087/1969, que establece las bases generales para la incorporación de reclutas. La vigencia del Reglamento se limita a la medida en que no contradiga la Ley 19/1984, lo que refleja una coordinación entre normas de distinto rango. La modificación de fechas no altera el sistema de llamamientos general, sino que ajusta específicamente el primer llamamiento de la Marinería, lo que podría tener implicaciones en la distribución de recursos o en la planificación de entrenamientos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden corrige las fechas de incorporación del primer llamamiento de la Marinería, manteniendo las demás fechas previstas. La modificación se fundamenta en la Ley 19/1984 y en el Reglamento del 1969, y entra en vigor tras su publicación. El ajuste afecta solo al primer llamamiento de la Marinería, sin alterar el sistema general de incorporación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de fechas**: Se establece el 7 al 10 de enero como fecha de incorporación del primer llamamiento de la Marinería. ⚠️ **Legalidad**: La norma se fundamenta en la Ley 19/1984 y en el Reglamento del 1969, vigente salvo contradicción. 📋 **Vigencia**: La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. ℹ️ **Ramificaciones**: Se detallan fechas específicas para Infantería de Marina, Ejército del Aire y Ejército de Tierra. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial 721/39096/1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 10 de diciembre de 1985 - **Materias**: Servicio Militar, Incorporación de reclutas, Fechas de llamamientos - **Relevancia**: ALTA (afecta a la organización del Servicio Militar y a la planificación de incorporaciones). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden 721/39096/1985, las fechas de incorporación del reemplazo en la Marinería estaban reguladas por la Orden 711/38827/1985, vigente bajo el marco de la Ley 19/1984 y el Decreto 3087/1969, que establecían un calendario nacional para las Fuerzas Armadas. Las Comunidades Autónomas (CCAA) no tenían competencia directa en este ámbito, ya que el servicio militar era un asunto estatal. La Unión Europea no intervenía en la normativa específica de incorporación, al no existir regulaciones comunitarias sobre este tema. La modificación importa porque ajusta el cronograma para la Marinería, afectando la eficiencia en la reclutación y la coordinación administrativa, destacando la autoridad estatal en materia militar y la necesidad de precisión en la planificación.

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