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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 112/1986, de 10 de enero, por el que se regula el Plan de Empleo Rural para 1986, en aplicación de lo dispuesto por la disposición final séptima de la Ley 46/1985, de Presupuestos Generales del Estado.

BOE-A-1986-2282Publicada: 28/01/1986MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 112/1986, de 10 de enero, por el que se regula el Plan de Empleo Ru ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 112/1986 establece el Plan de Empleo Rural para 1986, como complemento de la protección a trabajadores desempleados del medio rural en comunidades autónomas específicas. Regula la financiación de proyectos de inversión y la computación de cotizaciones para el acceso a prestaciones por desempleo. **2. CONTEXTO** El Real Decreto se basa en la disposición final séptima de la Ley 46/1985 de Presupuestos Generales del Estado, que autoriza la creación de planes de empleo. Se aplica a trabajadores rurales en comunidades autónomas dentro del ámbito del Real Decreto 2298/1984, que modifica el subsidio por desempleo para trabajadores eventuales en el régimen especial agrario. La norma fue aprobada mediante deliberación del Consejo de Ministros del 10 de enero de 1986, tras consulta con sindicatos, organizaciones empresariales y las Juntas de Andalucía y Extremadura. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 112/1986 regula el Plan de Empleo Rural para 1986, con tres artículos principales y disposiciones transitorias y finales. **Artículo 1**: Establece que el plan se aplicará en el ámbito territorial definido en el Real Decreto 2298/1984 (modificación del subsidio por desempleo para trabajadores agrarios). Se mencionan los créditos destinados a proyectos de inversión de competencia estatal (Anexo I) y proyectos financiados con cargo al crédito para inversiones que generen empleo (Anexo II). **Artículo 2**: Detalla que las cotizaciones realizadas en el régimen especial agrario y general de la Seguridad Social durante el trabajo en obras del plan se computarán para completar las 60 jornadas reales necesarias para percibir el subsidio de desempleo, siempre que se hayan cotizado al menos 30 jornadas en el régimen especial agrario. Además, los trabajadores agrarios eventuales deben optar entre percibir el subsidio de los trabajadores del campo o las prestaciones generales de desempleo, sin que las cotizaciones en el régimen general se cuenten para el reconocimiento de derechos generales. **Artículo 3**: Establece que las cotizaciones al régimen general de la Seguridad Social en el marco del subsidio de desempleo para trabajadores agrarios no se considerarán para el derecho a prestaciones generales. **Disposición transitoria**: Los proyectos en ejecución o en trámite de adjudicación no se verán afectados por el nuevo régimen, continuando bajo los reales decretos 513/1984 y 186/1985. **Disposiciones finales**: Faculta a los ministros de Economía y Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social para dictar normas complementarias. El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 112/1986 crea un marco para el Plan de Empleo Rural 1986, modificando la computación de cotizaciones para acceso a prestaciones por desempleo. Establece normas para la financiación de proyectos y garantiza la continuidad de obras ya iniciadas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Objetivo**: Regulación del Plan de Empleo Rural para 1986, complemento de protección a trabajadores desempleados rurales. ⚠️ **Régimen especial agrario**: Cotizaciones en este régimen son clave para acceso a prestaciones de desempleo. 📋 **Cálculo de jornadas**: Se requieren 60 jornadas reales, con un mínimo de 30 en el régimen agrario. ℹ️ **Disposición transitoria**: Proyectos en ejecución no se ven afectados por el nuevo régimen. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: *Boletín Oficial del Estado* (BOE) - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 10 de enero de 1986 - **Materias**: Derecho laboral, desempleo, empleo rural, Seguridad Social - **Relevancia**: ALTA (normativa clave para protección de trabajadores rurales en contexto de crisis laboral). **Palabras clave**: Plan de Empleo Rural, régimen especial agrario, subsidio por desempleo, cotizaciones, prestaciones generales. **Total de palabras**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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