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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2647/1985, de 18 de diciembre, por el que se determina la estructura orgánica básica de la Intervención General de la Seguridad Social.

BOE-A-1986-2233Publicada: 27/01/1986PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2647/1985, de 18 de diciembre, por el que se determina la estructur ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2647/1985 crea la Subdirección General de Contabilidad dentro de la Intervención General de la Seguridad Social, con el objetivo de aplicar el nuevo Plan de Contabilidad y centralizar la remisión de documentación al Tribunal de Cuentas. Modifica la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y establece funciones específicas para la Intervención General. **2. CONTEXTO** La Intervención General de la Seguridad Social fue creada por el Real Decreto 3307/1977 y se estructuró como Dirección General del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. En 1985, se aprobó un nuevo Plan de Contabilidad por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, lo que exigía una reorganización para garantizar su aplicación y la centralización de la documentación ante el Tribunal de Cuentas. El Real Decreto 2647/1985 responde a esta necesidad, redefiniendo la estructura orgánica y las funciones de la Intervención General. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2647/1985 establece una nueva estructura orgánica para la Intervención General de la Seguridad Social, integrada en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. La Subdirección General de Contabilidad se crea como unidad administrativa específica para: - Dirigir y desarrollar la contabilidad de las entidades gestoras y servicios comunes. - Revisar, reparar y emitir informes sobre cuentas y balances remitidos al Tribunal de Cuentas (Artículo 1.3). - Inspeccionar y coordinar la contabilización, organización y mecanización de procesos contables en todas las entidades y servicios de la Seguridad Social (Artículo 1.3). Además, se suprime la Subdirección General de Control de las Entidades que colaboran en la gestión de la Seguridad Social (Disposición Adicional). Las disposiciones transitorias establecen que: - Las unidades y puestos de nivel orgánico inferior dependientes de las reguladas en el decreto conservan su denominación, estructura y funciones hasta que se publiquen medidas de desarrollo (Disposición Transitoria Primera). - El personal de la Subdirección General suprimida mantiene su situación administrativa o laboral y percibe sus retribuciones hasta la publicación de dichas medidas (Disposición Transitoria Segunda). Las disposiciones finales incluyen: - Derogación de disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al nuevo régimen (Disposición Final Cuarta). - Entrada en vigor del decreto el día siguiente a su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* (Artículo 1). El texto se basa en el Artículo 13.3 del Real Decreto 503/1985, que regula la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. También se menciona la aplicación del Plan General de Contabilidad Pública en el ámbito de la Seguridad Social, así como la colaboración con las Direcciones Generales responsables de la gestión de medios informáticos (Artículo 1.3). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2647/1985 reorganiza la Intervención General de la Seguridad Social, creando la Subdirección General de Contabilidad para garantizar la aplicación del nuevo Plan de Contabilidad y la centralización de documentación ante el Tribunal de Cuentas. Establece normas transitorias para la continuidad de funciones y personal, y deroga disposiciones conflictivas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Subdirección General de Contabilidad**: Para aplicar el nuevo Plan de Contabilidad y centralizar la documentación ante el Tribunal de Cuentas. ⚠️ **Supresión de la Subdirección General de Control**: Para evitar duplicidades en la gestión de entidades colaboradoras. 📋 **Funciones específicas**: Revisión de cuentas, inspección de procesos contables y colaboración con Direcciones Generales de medios informáticos. ℹ️ **Disposiciones transitorias**: Mantenimiento de estructuras y personal existentes hasta la publicación de medidas complementarias. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Real Decreto 2647/1985. - **Tipo**: Reglamento. - **Fecha**: 18 de diciembre de 1985. - **Materias**: Seguridad Social, Contabilidad Pública, Administración del Estado. - **Relevancia**: ALTA (modifica estructura orgánica clave y establece normas para la gestión contable). **Palabras clave**: Intervención General, Tribunal de Cuentas, Plan de Contabilidad, Subdirección General, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. **Longitud total**: 650 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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