Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de noviembre de 1985 sobre delegación de atribuciones en materia de personal de la Seguridad Social y adscripción de funcionarios del Instituto Nacional de la Seguridad Social a la Dirección General de Personal del Departamento.

BOE-A-1986-835Publicada: 13/01/1986MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de noviembre de 1985 sobre delegación de atribuciones en materia de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 29 de noviembre de 1985 delega en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social las competencias en materia de personal de la Seguridad Social y adscribe temporalmente a la Dirección General de Personal parte de los funcionarios del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que hasta entonces gestionaban dichas funciones. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 530/1985 de 8 de abril modifica la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, atribuyéndole competencias de gestión del personal que hasta entonces eran ejercidas por el INSS. Además, la disposición transitoria del Real Decreto 2169/1984 de 28 de noviembre excluye parcialmente a los funcionarios del INSS del sistema general de atribución de competencias en materia de personal mientras se efectúa su homologación a los de la Administración del Estado. La Orden responde a estas modificaciones y busca garantizar la continuidad de los servicios. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden se fundamenta en el artículo 22 de la Ley Reguladora del Régimen Jurídico de la Administración Pública (Ley 30/1992, de 26 de noviembre), que permite delegar funciones en materia de personal. Además, se apoya en la disposición final primera de los Reales Decretos 1854/1979 y 530/1985, así como en la disposición final quinta del Real Decreto 996/1984. La delegación incluye la atribución de competencias en materia de personal de la Seguridad Social, según el Anexo I de la Orden, y la concreción de las asignadas en el Real Decreto 530/1985. La adscripción temporal de funcionarios del INSS a la Dirección General de Personal del Ministerio se justifica para mantener la continuidad de los servicios, especialmente en funciones como la gestión de jubilaciones, licencias o situaciones similares. Los funcionarios adscriptos incluyen técnicos y administrativos de diversos cuerpos, como el Cuerpo de Administración General y el Cuerpo de Técnicos de la Seguridad Social. Por ejemplo, María José Pérez Alcorta (técnico 26) y José Luis Caballero Aguilar (técnico 14) se adscriben al nivel equivalente de la Subdirección General de Planificación y Ordenación de los Recursos Humanos. La Orden establece que las resoluciones adoptadas en ejercicio de las atribuciones delegadas se enviarán a la Dirección General de Personal para mantener los expedientes y ficheros de los funcionarios. El Anexo II detalla la lista de funcionarios adscriptos, incluyendo nombres, cuerpos y destinos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden delega competencias en materia de personal y adscribe funcionarios del INSS al Ministerio para garantizar la continuidad de los servicios. Se basa en normativas vigentes y responde a modificaciones estructurales en la Administración de la Seguridad Social. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Delegación de competencias**: El Ministerio asume funciones de gestión del personal de la Seguridad Social, según el Real Decreto 530/1985. ⚠️ **Adscripción temporal**: Se garantiza la continuidad de servicios mediante la adscripción de funcionarios del INSS a la Dirección General de Personal. 📋 **Lista de funcionarios**: El Anexo II detalla a los empleados afectados, incluyendo técnicos y administrativos. ℹ️ **Normativa de base**: Se apoya en el artículo 22 de la Ley Reguladora del Régimen Jurídico de la Administración Pública y en disposiciones finales de diversos Reales Decretos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Orden Ministerial de 29 de noviembre de 1985 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de noviembre de 1985 - **Materias**: Gestión de personal, Seguridad Social, Delegación de competencias - **Relevancia**: ALTA (modifica estructura orgánica y atribuciones en materia de personal de la Seguridad Social) **Palabras clave**: Delegación de competencias, Seguridad Social, Adscripción de funcionarios, Ministerio de Trabajo, Ley Reguladora del Régimen Jurídico de la Administración Pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →