Real Decreto 1033/1986, de 25 de abril, por el que se crea el Registro de Entidades que desarrollan actividades en el campo de la acción social.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1033/1986, de 25 de abril, por el que se crea el Registro de Entida ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1033/1986 crea un Registro Público de Entidades que desarrollan actividades en el campo de la acción social, tanto de ámbito estatal e internacional como regional y local, inscritas en los registros de las Comunidades Autónomas. **2. CONTEXTO** Los cambios sociales en España han impulsado el desarrollo de servicios sociales prestados directamente por las Administraciones Públicas y mediante entidades sin fines de lucro. Para mejorar la coordinación entre servicios públicos y privados, se estableció la necesidad de un registro que permita conocer los recursos disponibles, su cobertura territorial y su localización, facilitando una mejor programación de inversiones y un sistema de información más eficiente. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1033/1986, publicado el 25 de abril de 1986, establece un marco normativo para la creación y gestión del Registro Público de Entidades de acción social. Según el artículo 1, el registro depende del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y está adscrito a la Dirección General de Acción Social. Su objetivo es garantizar un sistema de información exhaustivo sobre las entidades que desarrollan actividades en el ámbito social, tanto estatales como internacionales, y también incluir entidades regionales o locales inscritas en los registros de las Comunidades Autónomas. El artículo 9, apartado 2, amplía la definición de entidades inscritas, no solo las fundaciones sometidas al Protectorado del Gobierno, sino también cualquier fundación con fines de interés general que ejerza acciones en las áreas definidas en el artículo 4. Además, se deroga la Resolución de la Dirección General de la Seguridad Social de 24 de julio de 1972, que establecía un registro similar, en lo referente a entidades suprarregionales. La disposición final primera establece que el registro será gestionado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y la segunda indica que se adoptarán medidas necesarias para su desarrollo. El registro, mantenido actualizado mediante técnicas de actualización periódica, constituye el banco de datos más completo sobre la acción social, alineado con el Sistema Europeo de Estadísticas Integradas de Protección Social (SEEPROS). La solicitud de inscripción incluye datos de la entidad, su representante legal y la documentación requerida, con el fin de garantizar la transparencia y la eficacia en la gestión de recursos sociales. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1033/1986 busca mejorar la coordinación entre servicios sociales públicos y privados mediante un registro centralizado. Facilita la accesibilidad a datos actualizados, alineados con estándares europeos, y deroga normativas anteriores para garantizar su eficacia. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Registro Público de Entidades de Acción Social**: Permite unificar información sobre entidades estatales, internacionales y regionales. ⚠️ **Derogación de la Resolución de 1972**: Elimina redundancias y mejora la eficacia del sistema. 📋 **Actualización periódica de datos**: Garantiza la precisión del registro para la toma de decisiones. ℹ️ **Alineación con SEEPROS**: Facilita la integración de datos en el marco europeo de estadísticas sociales. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1033/1986 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 25 de abril de 1986 - **Materias**: Acción social, registro de entidades, coordinación pública - **Relevancia**: ALTA (impacto en la gestión de recursos sociales y alineación europea) **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────