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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 25 de abril de 1986 sobre contabilidad presupuestaria del sistema de la Seguridad Social.

BOE-A-1986-10797Publicada: 03/05/1986MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 25 de abril de 1986 sobre contabilidad presupuestaria del sistema de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 25 de abril de 1986 modifica la normativa de contabilidad presupuestaria del sistema de la Seguridad Social, introduciendo cambios para mejorar el control presupuestario, la claridad contable y la adaptación a nuevas necesidades legales. Establece un sistema más homogéneo para la gestión de modificaciones presupuestarias y actualiza requisitos de informes y documentación. **2. CONTEXTO** La Orden del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social de 31 de diciembre de 1980 introdujo un sistema de contabilidad presupuestaria en la Seguridad Social, con el objetivo de alinearlo con el sistema estatal. Sin embargo, tras años de aplicación, se identificaron necesidades de perfección para adaptarse a cambios legales, mejorar la agilidad en procesos contables y facilitar el seguimiento de recursos asignados a programas. La Orden de 1986 busca corregir estas lagunas y optimizar la gestión financiera. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 1986 introduce modificaciones significativas a la normativa vigente, con enfoque en tres áreas principales: - **Tratamiento contable de prestaciones por incapacidad laboral**: Se establece un sistema para gestionar créditos relacionados con prestaciones por incapacidad laboral transitoria e invalidez, especialmente en casos de periodos superpuestos y por el mismo perceptor. Esto se refleja en el artículo 35, que menciona la obligación de remitir informes mensuales pormenorizados sobre la ejecución del presupuesto, incluyendo una nueva columna para "otras modificaciones" en los informes. - **Gestión de modificaciones presupuestarias**: Se introduce un sistema homogéneo para la tramitación de modificaciones, con normalización de documentos y un proceso conjunto entre servicios. El artículo 36 exige que las mutuas patronales notifiquen inmediatamente a la Dirección General del Régimen Económico de la Seguridad Social cualquier modificación presupuestaria que acuerden. - **Derogación y adaptación normativa**: Se derogaron los apartados 10 completo y 12.2 de la Orden de 1980, así como cualquier norma en conflicto. La nueva norma se aplica gradualmente, permitiendo la adaptación de modelos sin afectar el funcionamiento de los servicios. Citas clave: - "La regulación contemplada en la presente orden persigue un mejor tratamiento contable en los créditos a los que se imputan las prestaciones por incapacidad laboral transitoria e invalidez devengadas en periodos superpuestos y por el mismo perceptor." (Artículo 35). - "Las normas contenidas en la presente orden se aplicarán a la gestión del presupuesto del sistema de la Seguridad Social, a partir de su publicación en el BOE, pudiéndose establecer de una forma gradual los nuevos modelos." (Disposición final tercera). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 actualiza la contabilidad presupuestaria en la Seguridad Social, mejorando la gestión de recursos y adaptándose a cambios legales. Establece un sistema más eficiente y homogéneo, con enfoque en la claridad contable y la coordinación entre servicios. Su aplicación gradual busca minimizar impactos en la operativa existente. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones contables**: Mejora en el tratamiento de prestaciones por incapacidad laboral y invalidez. ⚠️ **Derogación normativa**: Se eliminan disposiciones conflictivas de la Orden de 1980. 📋 **Gestión de modificaciones**: Normalización de documentos y proceso conjunto entre servicios. ℹ️ **Aplicación gradual**: Se permite adaptar modelos sin afectar el funcionamiento actual. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Seguridad Social). - **Fuente**: Orden Ministerial de 25 de abril de 1986. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 25 de abril de 1986. - **Materias**: Contabilidad presupuestaria, Seguridad Social, gestión financiera. - **Relevancia**: ALTA (impacto significativo en la gestión contable y presupuestaria del sistema de Seguridad Social). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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