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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 41/1987, de 16 de enero, sobre cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional en 1987.

BOE-A-1987-1542Publicada: 22/01/1987MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 41/1987, de 16 de enero, sobre cotización ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** El Real Decreto 41/1987 corrige errores en la publicación del texto original en el Boletín Oficial del Estado (BOE), incluyendo correcciones en artículos específicos y disposiciones adicionales. 2. **Contexto** El Real Decreto 41/1987, publicado en el BOE número 15 de 17 de enero de 1987, fue insertado con errores en su transcripción. Estos errores afectaron la precisión de los artículos y disposiciones adicionales, lo que generó inexactitudes en su aplicación. Para corregirlo, se emitió una norma de corrección que detalla las rectificaciones necesarias. 3. **Contenido Jurídico** El Real Decreto 41/1987 corrige tres errores en su publicación original: - **Artículo 5.°, base 10**: Se corrige el valor numérico de «4.640» a «4.680». Esta corrección afecta la base de cotización para ciertos trabajadores, asegurando que se aplique el monto correcto. - **Antes del artículo 11**: Se añade la rúbrica «Otros Regímenes Especiales», que clasifica y organiza las normas aplicables a regímenes especiales de cotización. - **Disposición adicional sexta, 1, línea octava**: Se corrige la frase «por la Tesorería General» a «con la Tesorería General», modificando la relación entre la Administración y la Tesorería General en asuntos de cotización. Estas correcciones se basan en la redacción original del Real Decreto, que establecía normas sobre cotización a la Seguridad Social, desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional. La errata en el artículo 5.°, base 10, es crucial para garantizar que los montos de cotización se calculen correctamente, evitando discrepancias en la financiación de los sistemas públicos. La adición de la rúbrica antes del artículo 11 mejora la claridad estructural del texto, facilitando su interpretación. La corrección en la disposición adicional sexta asegura que la Tesorería General sea mencionada como ente colaborador, no como actor principal, lo que refleja una adecuación en la relación institucional. 4. **Conclusión simple** El Real Decreto corrige errores en la publicación original, garantizando la precisión de las normas sobre cotización y sistemas públicos. Las correcciones afectan aspectos técnicos y estructurales del texto. 5. **Puntos clave** ✅ **Corrección de base 10 en artículo 5.°**: Ajusta el monto de cotización. ⚠️ **Error en rúbrica antes del artículo 11**: Afecta la organización del texto. 📋 **Disposición adicional sexta**: Modifica la relación con la Tesorería General. ℹ️ **Publicación en BOE**: Corrección de errores en la transcripción original. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Nacional (España). - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE), número 15 de 17 de enero de 1987. - **Tipo**: Rectificación de errores en norma. - **Fecha**: 17 de enero de 1987 (publicación original), 1987 (corrección). - **Materias**: Seguridad Social, cotización, desempleo, Fondo de Garantía Salarial, Formación Profesional. - **Relevancia**: **ALTA** (corrección de errores en norma fundamental para sistemas públicos). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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