Corrección de errores del Real Decreto 2620/1986, de 24 de diciembre, sobre revalorización de pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones de protección social pública para 1987.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 2620/1986, de 24 de diciembre, sobre reva ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige errores materiales en el texto del Real Decreto 2620/1986, de 24 de diciembre, sobre revalorización de pensiones y prestaciones sociales para 1987, afectando específicamente el artículo 7.1 y el anexo del decreto. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 2620/1986 fue publicado en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE) número 312 del 30 de diciembre de 1986. Durante su vigencia, se identificaron errores en la redacción de ciertos términos y datos numéricos, lo que generó ambigüedad en su aplicación. Para garantizar la precisión legal, se emitió una corrección que se publicó posteriormente en el BOE. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2620/1986 establecía la revalorización de pensiones y prestaciones sociales para 1987, pero contenía errores que afectaban su correcta aplicación. La corrección se limita a dos aspectos específicos: - **Artículo 7.1**: En la línea 5, el término «Entiades» debe corregirse a «Entidades». Este error afectaba la referencia a organismos públicos o privados responsables de la gestión de las prestaciones. - **Anexo**: Bajo el epígrafe de «jubilación», se corrige la descripción de la categoría «Titular menor de 65 años:» y el monto correspondiente. Originalmente, se indicaba «Titular menor de 65 años:» con un valor de 29.490 pesetas/mes, pero el correcto es «Titular menor de 65» años, con 27.560 pesetas/mes. Esta corrección corrige una discrepancia en la redacción y el cálculo de la prestación. La corrección se basa en la necesidad de mantener la coherencia entre el texto legal y la realidad de las prestaciones, evitando malentendidos en la aplicación de las normas. No se modifican los principios generales del decreto, solo se ajustan errores específicos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La corrección busca garantizar la precisión del texto legal y la correcta aplicación de las prestaciones sociales. Los errores identificados no afectan el marco general del decreto, solo su redacción específica. La corrección es una medida de precisión técnica, no de sustancia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores materiales**: Se ajustan términos y datos numéricos para evitar ambigüedad. ⚠️ **Impacto limitado**: Solo afecta aspectos específicos del texto, no el marco general del decreto. 📋 **Publicación en BOE**: La corrección se publicó en el *Boletín Oficial del Estado* para garantizar su validez legal. ℹ️ **Relevancia técnica**: La corrección es fundamental para la aplicación correcta de las prestaciones sociales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España (Sistema de Seguridad Social). - **Fuente**: Real Decreto 2620/1986, corregido mediante norma posterior. - **Tipo**: Corrección de errores. - **Fecha**: 30 de diciembre de 1986 (publicación original), fecha de corrección no especificada. - **Materias**: Seguridad Social, pensiones, prestaciones sociales. - **Relevancia**: ALTA (afecta directamente la aplicación de normas específicas). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────