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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 186/1987, de 6 de febrero, por el que se regula el Plan de Empleo Rural para 1987, en aplicación de lo dispuesto por la disposición final sexta de la Ley 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado.

BOE-A-1987-3499Publicada: 10/02/1987MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 186/1987, de 6 de febrero, por el que se regula el Plan de Empleo R ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 186/1987 regula el Plan de Empleo Rural para 1987, como complemento de la protección a trabajadores desempleados del medio rural en comunidades autónomas específicas, financiando proyectos de inversión con créditos estatales y autonómicos. **2. CONTEXTO** El Real Decreto fue aprobado en 1987, en aplicación de la disposición final sexta de la Ley 21/1986 de Presupuestos Generales del Estado. Su objetivo es garantizar empleo en zonas rurales mediante la financiación de proyectos de inversión, enmarcados en el sistema de subsidios por desempleo para trabajadores agrarios. La norma se emitió tras deliberación del Consejo de Ministros y considerando la necesidad de complementar la protección social en el sector rural. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 186/1987 establece un marco legal para la aplicación del Plan de Empleo Rural en 1987, con base en la Ley 21/1986 y el Real Decreto 2298/1984, que modifica el subsidio por desempleo para trabajadores agrarios. Los principales aspectos son: - **Ámbito territorial**: El plan se aplica en el territorio previsto en el Real Decreto 2298/1984, que regula el subsidio por desempleo para trabajadores eventuales del régimen especial agrario. - **Financiación de proyectos**: Se afectan créditos estatales destinados a proyectos de inversión incluidos en el Programa Pluriannual de Inversiones Públicas, según el anexo del Real Decreto. Además, en Andalucía y Extremadura, se incluyen créditos autonómicos y financiados con cargo al Fondo de Compensación Interterritorial (27.857 millones de pesetas en Andalucia). - **Regulación de derechos**: Las jornadas cotizadas en el régimen general de la Seguridad Social durante obras del Plan de Empleo Rural se computan para el reconocimiento del subsidio por desempleo, siempre que se realicen en los 12 meses previos al desempleo. No obstante, las cotizaciones en el régimen especial agrario no se consideran para el cálculo de prestaciones generales. - **Vigencia**: El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE), y se aplica durante el año 1987. **Artículo 1**: - **Párrafo 1**: El Plan de Empleo Rural se aplica en el ámbito territorial del Real Decreto 2298/1984. - **Párrafo 2**: Los créditos afectados al plan son los destinados a proyectos de inversión estatales y autonómicos, según el anexo. - **Párrafo 3**: En Andalucía, se afectan créditos de inversión autonómica y financiados con cargo al Fondo de Compensación Interterritorial. - **Párrafo 4**: En Extremadura, se afectan créditos de inversión autonómica, con monto específico. **Disposiciones adicionales**: - **Primera**: Las jornadas cotizadas en el régimen general durante el Plan de Empleo Rural se computan para el reconocimiento del subsidio por desempleo, siempre que se realicen en los 12 meses previos al desempleo. - **Segunda**: Las cotizaciones en el régimen especial agrario no se consideran para el cálculo de prestaciones generales. **Disposiciones finales**: - **Primera**: Los ministros de Economía y Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social pueden dictar normas para la aplicación del Real Decreto. - **Segunda**: El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 186/1987 establece el marco legal para el Plan de Empleo Rural de 1987, financiando proyectos de inversión en zonas rurales y regulando el reconocimiento de derechos de subsidio por desempleo. Su aplicación se limita al año 1987 y se basa en la Ley 21/1986 y el Real Decreto 2298/1984. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aplicación del Plan de Empleo Rural**: Regula la financiación de proyectos en zonas rurales, enmarcados en el sistema de subsidios por desempleo. ⚠️ **Cotizaciones y derechos**: Las jornadas cotizadas en el régimen general se computan para el subsidio, pero no las cotizaciones en el régimen especial agrario. 📋 **Créditos afectados**: Incluye créditos estatales, autonómicos y del Fondo de Compensación Interterritorial. ℹ️ **Vigencia**: Entró en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, en 1987. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura). - **Fuente**: Real Decreto 186/1987. - **Tipo**: Norma de aplicación (Real Decreto). - **Fecha**: 6 de febrero de 1987. - **Materias**: Empleo rural, subsidio por desempleo, Seguridad Social, inversión pública. - **Relevancia**: ALTA (regula un marco legal clave para la protección social en el sector rural). **Palabras clave**: Plan de Empleo Rural, subsidio por desempleo, Seguridad Social, inversión pública, Comunidades Autónomas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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