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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 610/1987, de 3 de abril, sobre ampliación de medios personales adscritos a los servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña en materia de Trabajo, Gabinetes Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y Formación Profesional Reglada.

BOE-A-1987-11479Publicada: 12/05/1987MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 610/1987, de 3 de abril, sobre ampliación de medios personales adsc ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 610/1987 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta para ampliar medios personales adscritos a servicios traspasados a la Generalitat de Cataluña en materia de Trabajo, Gabinetes Provinciales del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo y Formación Profesional Reglada. **2. CONTEXTO** Antes del Real Decreto 610/1987, se habían realizado transferencias de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña mediante los Reales Decretos 2210/1979, 2947/1982 y 2724/1983. El Real Decreto 3044/1982 adaptó estas transferencias al Estatuto de Autonomía de Cataluña. El Real Decreto 1666/1980 estableció normas para el traslado de servicios y la Comisión Mixta, prevista en la disposición transitoria 6 del Estatuto, debía adoptar acuerdos sobre la ampliación de medios personales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 610/1987 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de 19 de febrero de 1987, que establece la ampliación de medios personales adscritos a servicios traspasados a la Generalitat de Cataluña. Según el artículo 1, se detallan los siguientes aspectos: - **Transferencia de personal**: El personal mencionado en las relaciones numerales 1 y 2, anexas al acuerdo, pasa a depender de la Generalitat de Cataluña, conforme a las normas del Estatuto de Autonomía y otras aplicables. - **Notificación del traslado**: Los órganos de la Administración del Estado notificarán al personal interesado el traslado y su nueva situación administrativa una vez aprobado el Real Decreto. Además, se remitirá a la Generalitat una copia certificada de los expedientes del personal traspasado. - **Modificaciones organizativas**: La Administración del Estado modificará las plantillas orgánicas y presupuestarias en función de los traslados. - **Puestos de trabajo vacantes**: Se detallan los puestos vacantes en la relación adjunta numeral 1.2, con su categoría y dotación correspondiente. - **Credito presupuestario**: El coste efectivo de la ampliación asciende a 16.721.700 pesetas, según la relación 3.1. Las dotaciones y recursos para financiar el coste se detallan en la relación 3.2. - **Eficacia del acuerdo**: Los traslados de medios personales tendrán efectividad a partir del 1 de abril de 1987. El Real Decreto se aprobó en cumplimiento de la disposición transitoria 6 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, con propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y deliberación del Consejo de Ministros del 3 de abril de 1987. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 610/1987 formaliza la transferencia de medios personales a la Generalitat de Cataluña, en cumplimiento de acuerdos previos. Establece la notificación al personal, modificaciones presupuestarias y la eficacia del 1 de abril de 1987. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transferencia de personal**: El personal adscrito a servicios traspasados pasa a depender de la Generalitat. ⚠️ **Efectividad**: Los traslados tienen efectividad a partir del 1 de abril de 1987. 📋 **Presupuesto**: El coste de la ampliación asciende a 16.721.700 pesetas. ℹ️ **Normativa aplicable**: Se cumple el Estatuto de Autonomía de Cataluña y disposiciones previas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España (Administrativo). - **Fuente**: Real Decreto 610/1987. - **Tipo**: Norma de eficacia general. - **Fecha**: 3 de abril de 1987. - **Materias**: Transferencia de servicios, Administración pública, Autonomía de Cataluña. - **Relevancia**: ALTA (regula transferencias de medios personales y presupuestos en el ámbito autonómico). **Palabras clave**: Real Decreto, Generalitat de Cataluña, transferencia de servicios, Estatuto de Autonomía, medios personales, presupuesto. **Nota**: El documento refleja la adaptación de transferencias previas al Estatuto de Autonomía, destacando la coordinación entre la Administración del Estado y la Generalitat. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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