Orden de 22 de octubre de 1987 por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 1987 para todos los Entes del Sistema de la Seguridad Social, así como se determina la documentación contable que ha de rendirse.
¿Qué dice esta ley?
**Cierre de Cuentas de la Seguridad Social en 1987** Esta orden ministerial de 1987 establece las normas y la documentación necesaria para que las entidades de la Seguridad Social cierren sus cuentas al finalizar el ejercicio económico de ese año. Su objetivo es unificar los criterios contables y asegurar que toda la información financiera requerida se presente de manera correcta. Concretamente, la orden detalla qué documentos contables deben presentarse, como la memoria de ejecución del presupuesto, la cuenta de liquidación de gastos y recursos, el balance de situación, y cuentas específicas sobre operaciones corrientes, de capital y de tesorería. También se exige un desglose detallado de gastos y saldos de cuentas específicas. La orden entró en vigor en 1987, el mismo año al que se refieren las operaciones de cierre que regula. Su aplicación es obligatoria para las entidades gestoras, la Tesorería General de la Seguridad Social y las mutuas patronales de accidentes de trabajo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1987 buscaba estandarizar el cierre contable del ejercicio económico para todos los organismos del Sistema de la Seguridad Social. Antes de esta normativa, la presentación de cuentas podía variar entre las distintas entidades, generando posibles inconsistencias. La orden detalla la documentación específica a rendir, como memorias, liquidaciones presupuestarias y balances, unificando criterios a nivel nacional. Si bien no hay una comparativa directa con otras CCAA o la UE en el texto, sí establece un marco común para la gestión financiera de la Seguridad Social española en aquel momento. Su importancia radica en asegurar la transparencia y el control de los recursos públicos destinados a las prestaciones sociales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────