Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Resolución de 3 de diciembre de 1987, de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se hace público el catálogo de Entidades y Empresas incluidas dentro del ámbito de aplicación del Banco de Datos de Pensiones Públicas y se adaptan las normas técnicas de funcionamiento del mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 2566/1985, de 27 de diciembre, sobre creación y funcionamiento del Banco de Datos de Pensiones Públicas.

BOE-A-1987-28638Publicada: 30/12/1987MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

**Actualización del registro de pensiones públicas** Esta resolución de 1987 establece un catálogo oficial de las entidades y empresas que forman parte del sistema de información sobre pensiones públicas en España. Su objetivo es organizar y mejorar la gestión de los datos relacionados con las pensiones que abonan estas entidades, asegurando que se cumplan las normativas sobre los límites de las cuantías y la compatibilidad entre diferentes pensiones. Lo que cambia concretamente es la forma en que estas entidades deben presentar la información sobre las pensiones que gestionan. Se actualizan las normas técnicas y el formato de los soportes magnéticos (como discos o cintas en aquella época) que utilizan para enviar estos datos al Banco de Datos de Pensiones Públicas. Las entidades afectadas tienen un plazo de dos meses desde la publicación de esta resolución para adaptarse. La resolución entró en vigor el 30 de diciembre de 1987, que es la fecha en que se publicó oficialmente. Esto significa que las normas y el catálogo que se detallan en este documento se aplicaron a partir de ese momento para la gestión y el intercambio de información sobre pensiones públicas en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta resolución de 1987 actualiza el funcionamiento del Banco de Datos de Pensiones Públicas, creado por un Real Decreto de 1985. Antes de esto, la gestión de la información sobre pensiones podía ser menos centralizada. La norma detalla qué entidades y empresas deben reportar datos y cómo hacerlo, adaptando las normas técnicas para un mejor aprovechamiento del sistema. A diferencia de normativas más recientes que podrían buscar una integración europea, esta es una disposición nacional. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, junto con otras entidades públicas y algunas empresas con sistemas de previsión propios, son los actores principales. Su importancia radica en asegurar la correcta aplicación de las normativas de pensiones y evitar duplicidades o excesos en el cobro de prestaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →