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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 6 de junio de 1990 por la que se aprueba la reglamentación especifica del Libro Genealógico de las razas ovinas «Lacha» y «Carranzana».

BOE-A-1990-14419Publicada: 22/06/1990MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

**Protección de las ovejas Lacha y Carranzana** Esta orden ministerial establece las normas para el registro y mejora de las razas de ovejas Lacha y Carranzana. Estas razas son especialmente importantes en el País Vasco y Navarra, contribuyendo a la producción agraria y ocupando zonas de montaña. Su principal enfoque es la producción de leche en explotaciones familiares. Lo que cambia concretamente es la creación de un registro oficial, llamado Libro Genealógico, para estas razas. Este registro servirá para orientar los esfuerzos de mejora genética y asegurar la calidad de los animales. Se trata de un reglamento específico que se aplicará en toda España. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que las normas para el Libro Genealógico de estas razas ovinas se aplicaron desde finales de junio de 1990. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden de 1990, la gestión de los libros genealógicos del ganado se regía por normas generales. La presente disposición se enfoca específicamente en las razas ovinas Lacha y Carranzana, de gran arraigo en el País Vasco y Navarra, reconociendo su valor productivo y social en zonas desfavorecidas. A diferencia de normativas más recientes que podrían estar armonizadas a nivel europeo, esta orden es de ámbito nacional y fue aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en su momento, en colaboración con las comunidades autónomas afectadas. Su importancia radica en la protección y mejora de razas autóctonas, un aspecto clave para la biodiversidad y la economía rural. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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