Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 3/2013, de 30 de julio, de Medidas aplicables al destino del Fondo Canario de Financiación Municipal durante 2013.

BOE-A-2013-9417Publicada: 07/09/2013COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-LEY — Ley 3/2013, de 30 de julio, de Medidas aplicables al destino del Fondo Canario de Financiación Municipal ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** Jurisdicción: ES (Canarias) | Fuente: ES-BOE-LEY | Órgano: Parlamento de Canarias | Tipo: Ley ordinaria autonómica | Fecha: 30.07.2013 | Identificador: Ley 3/2013 | Idioma original: Español | Materias: Financiación municipal, fondos públicos, presupuestos locales | Ámbito: Comunidad Autónoma de Canarias | Relevancia IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Permite que los ayuntamientos canarios en mejor situación fiscal destinen el Fondo de Financiación Municipal 2013 para cancelar deudas comerciales o financiar inversiones y ayudas sociales. Es una medida excepcional y temporal para 2013, consensuada con la Federación Canaria de Municipios. --- **CONTEXTO** El Fondo Canario de Financiación Municipal se creó en 1999 para fortalecer financieramente a los municipios isleños. Esta ley introduce un régimen extraordinario para 2013 con el objetivo de favorecer el saneamiento financiero de corporaciones locales que ya cumplen indicadores de salud económica. La medida persigue reactivar proveedores locales (mejorando su liquidez) y estimular inversión pública en contexto de crisis económica. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El artículo único establece que los ayuntamientos canarios que, según auditorías aprobadas a 31 de diciembre de 2012, cumplan los indicadores de saneamiento económico-financiero regulados en la Ley 3/1999 —**con excepción del indicador de ahorro neto**— pueden destinar la parte de saneamiento del Fondo 2013, por orden de prioridad, a: **Primer destino:** cancelación de deuda con proveedores al 31.12.2012, salvo que la deuda esté ya acogida a mecanismos de refinanciación estatales conforme a la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. **Segundo destino:** inversión o ayudas de emergencia social, en los porcentajes previstos en la disposición adicional trigésimo octava de la Ley 10/2012 (Presupuestos Generales de Canarias 2013). La medida no altera el régimen general del Fondo. Se autoriza al Gobierno canario para dictar normas reglamentarias de ejecución. La ley entró en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias (6 de agosto de 2013). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Los pueblos y ciudades canarios que tenían sus cuentas ordenadas podían usar dinero que recibían para pagar lo que debían a sus proveedores o gastar en obras y ayudas sociales. Era una solución temporal para 2013, buscando que los comercios locales cobraran lo que se les debía y mejoraran su situación económica. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad de flexibilidad fiscal:** La excepción al indicador de ahorro neto permite acceso a corporaciones que de otro modo quedarían fuera, ampliando el beneficiario potencial. ⚠️ **Aplicación temporal limitada:** Régimen extraordinario solo para 2013. Requiere auditorías aprobadas al 31.12.2012 como requisito previo. 📋 **Prioridad en destino:** Obligación de atender primero deuda comercial (salvo si está refinanciada estatal), solo después inversión/ayudas sociales. ℹ️ **Contexto de financiación autonómica:** Ilustra mecánicas de fondos de nivelación territorial y flexibilidad presupuestaria local en contexto de crisis, válido como referencia histórica para estudios de gobernanza municipal canaria. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 3/2013, el Fondo Canario de Financiación Municipal se destinaba principalmente a la financiación ordinaria de los ayuntamientos canarios, sin flexibilidades especiales. Esta norma introduce una medida excepcional comparativa con el marco estatal y europeo, ya que permite un uso más flexible del fondo para cancelar deudas o financiar inversiones en 2013. Importa porque refleja una adaptación específica a la situación económica canaria, con un enfoque en el saneamiento financiero municipal y la reactivación económica local, diferenciándose de los marcos más generales de financiación estatal o europea.

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