Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/1615/2013, de 9 de agosto, por la que se aprueba el nuevo modelo de ficha registral para inscripciones en el Registro Central de Cartografía.

BOE-A-2013-9383Publicada: 06/09/2013MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden FOM/1615/2013, de 9 de agosto, por la que se aprueba el nuevo modelo de ficha registral para inscripciones en el Registro Central de Cartografía ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN:** Jurisdicción: ES | Fuente: ES-BOE-ORD | Órgano: Ministerio de Fomento | Tipo: Orden Ministerial | Fecha: 9 de agosto de 2013 | Identificador: FOM/1615/2013 | Idioma original: ES | Materias: Cartografía y datos geográficos, Registros administrativos, Infraestructuras de información geográfica, Administración electrónica | Ámbito: Estatal (Sistema Cartográfico Nacional) | Relevancia IW: **INFORMATIVA** --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Aprueba un nuevo modelo de ficha registral para inscribir productos cartográficos (mapas, datos geográficos y servicios web) en el Registro Central de Cartografía español, derogando el modelo vigente desde 1996 e incorporando nuevos tipos de recursos digitales y servicios. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** Desde 1996, la tecnología cartográfica experimentó transformación radical: de información analógica a producción íntegramente digital, nuevos servicios web de mapas y nuevas formas de adquisición de datos geográficos. Las diferentes administraciones públicas (estado y comunidades autónomas) que producen esta información necesitaban un modelo actualizado y consensuado. El anterior registro de fichas (aprobado en 1996) ya no reflejaba la realidad de los productos digitales modernos ni garantizaba la fiabilidad e interoperabilidad necesarias para el Sistema Cartográfico Nacional. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La inscripción se rige por la Ley 7/1986 de Ordenación de la Cartografía, Ley 14/2010 sobre Infraestructuras y Servicios de Información Geográfica en España, y Real Decreto 1545/2007 que regula el Sistema Cartográfico Nacional. La nueva ficha registral, consensuada con todas las comunidades autónomas productoras de cartografía, recoge información exhaustiva para inscribir cuatro tipos de recursos: *productos* (conjuntos de datos producidos conforme a especificaciones), *unidades* (elementos individuales que componen un producto por partición territorial), *servicios cartográficos* (prestaciones relacionadas con producción de datos o publicación de servicios web ofrecidas bajo demanda) y *servicios web* (funcionalidades distinguibles ofrecidas en red a través de interfaz). Incluye además datos obligatorios de inscriptores y organizaciones productoras/proveedoras. Esta nueva ficha logrará homogeneidad y coherencia entre el Registro Central de Cartografía y los registros de cada administración integrada en el Sistema Cartográfico Nacional, que estarán conectados telemáticamente conforme al artículo 15.3 del Real Decreto 1545/2007. La disposición derogatoria única anula la Orden Ministerial de 6 de marzo de 1996. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** España actualiza tras 17 años cómo se registran oficialmente los mapas y datos geográficos digitales. Cualquiera que produzca cartografía (administración o empresa privada) debe ahora usar un formulario nuevo que captura mejor los datos modernos. Esto garantiza que todos hagan lo mismo y que la información sea confiable. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad de actualización:** Si produces datos cartográficos o información geográfica digital, la nueva ficha refleja exactamente lo que necesitas registrar (productos, unidades, servicios web) en lugar de forzar tus datos al modelo de 1996. 📋 **Obligatoriedad legal:** Toda inscripción de cartografía pública y privada en el Registro Central debe hacerse con la nueva ficha registral desde la entrada en vigor; la anterior está derogada. 📋 **Interconexión administrativa:** Los registros de cartografía autonómicos están conectados telemáticamente con el central, asegurando que los datos se sincronicen automáticamente sin duplicaciones ni inconsistencias. ℹ️ **Contexto europeo:** Esta orden implementa los requisitos de la Directiva INSPIRE de información geográfica, alineando España con estándares de interoperabilidad europeos en datos espaciales. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden FOM/1615/2013, el modelo de ficha registral para el Registro Central de Cartografía estaba vigente desde 1996, lo cual no reflejaba la evolución tecnológica y la diversificación de los recursos cartográficos. Este modelo era estatal, mientras que las comunidades autónomas y la Unión Europea tenían sus propios sistemas y normativas, lo que generaba incoherencias y dificultades en la interoperabilidad. La importancia de esta norma radica en su papel de modernización, adaptándose a la cartografía digital y los servicios web, facilitando la gestión y el acceso a datos geográficos de manera más eficiente y homogénea a nivel nacional.

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