Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ECC/1578/2013, de 2 de agosto, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección "Milenio Reino de Granada".

BOE-A-2013-9125Publicada: 24/08/2013MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-23 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden ECC/1578/2013, de 2 de agosto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **Jurisdicción** / ES **| Fuente** / ES-BOE-ORD **| Órgano** / Ministerio de Economía y Competitividad (Secretaría General del Tesoro y Política Financiera) **| Tipo** / Orden Ministerial **| Fecha** / 2 de agosto de 2013 **| Identificador** / ECC/1578/2013 **| Idioma Original** / ES **| Materias** / Moneda conmemorativa • Acuñación • Numismática • Patrimonio cultural **| Ámbito** / Nacional (España) **| Relevancia IW** / INFORMATIVA --- Autoriza la emisión, acuñación y venta de dos monedas de colección conmemorativas del Milenio del Reino de Granada (1013-2013): una de oro de 100 euros y otra de plata de 10 euros, acuñadas por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre bajo especificaciones técnicas precisas. --- La Ley 62/2003 modernizó el régimen español de monedas conmemorativas mediante nueva terminología armonizada con la normativa europea. Las monedas de colección son emisiones en euros no destinadas a circulación, acuñadas en metales preciosos con características distintivas (color, peso, diámetro). El año 2013 marca la conmemoración del milenio de la fundación del Reino de Granada, evento que justifica esta emisión especial como acto de reconocimiento del patrimonio cultural andaluz. --- La Orden autoriza dos denominaciones sujetas a límites máximos de acuñación: **Moneda de 100 euros (2 escudos)**: Oro de 999 milésimas, peso 6,75 g ± 0,15 g, diámetro 23 mm, calidad *Proof*. Tirada máxima: 4.000 piezas. Anverso: efigie de S.M. Don Juan Carlos I con leyenda «JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA» y año 2013. Reverso: fuente y pabellones del Patio de los Leones (Alhambra), logotipo UNESCO, valor facial, leyendas «MILENIO REINO DE GRANADA» y «LA ALHAMBRA» con seis estrellas decorativas. **Moneda de 10 euros (8 reales)**: Plata de 925 milésimas (resto cobre), peso 27 g ± 0,27 g, diámetro 40 mm, calidad *Proof*. Tirada máxima: 10.000 piezas. Diseño análogo con imagen completa del Patio de los Leones. Las monedas se acuñan por cuenta del Estado en la FNMT, que las entrega al Banco de España contra aportación de documentos representativos. La FNMT pagará al Tesoro Público el valor facial de ambas piezas. La comercialización corre a cargo de la FNMT directamente o mediante entidades contratadas, tanto en colecciones como aisladamente, con autorización de exportación. Los precios iniciales de venta al público (IVA excluido) son 375 euros (oro) y 50 euros (plata). La emisión inicial se realiza en el tercer trimestre de 2013. Se autoriza destinar hasta 5 piezas de cada moneda a los fondos numismáticos del Museo de la FNMT. --- El Estado español ordena fabricar dos monedas especiales de colección para conmemorar los mil años del Reino de Granada. No son para gastar en compras, sino para coleccionistas. Se venden por 375 euros la de oro y 50 euros la de plata, sin incluir impuestos. --- ✅ **Oportunidad coleccionista**: Tirada limitada (4.000 de oro, 10.000 de plata) confiere potencial valor numismático y de apreciación para coleccionistas e inversores en activos alternativos. 📋 **Obligación técnica**: Fabricante debe respetar tolerancias exactas en ley, peso y diámetro (oro ≥999 milésimas, plata ≥925 milésimas) bajo control de calidad *Proof* para garantizar autenticidad. ℹ️ **Información fiscal**: Los precios iniciales establecidos (375€ y 50€) excluyen IVA, aplicable según régimen de monedas conmemorativas; régimen similar aplicable en transfronterizo comunitario conforme Reglamento (UE) 651/2012. ℹ️ **Información patrimonial**: Obra artística conmemorativa vinculada a Patrimonio de la Humanidad (Alhambra-UNESCO), reforzando valor cultural y coleccionista más allá del metal precioso. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden ECC/1578/2013, el régimen de monedas conmemorativas en España estaba regulado por la Ley 62/2003, que armonizó el marco jurídico con la normativa europea, estableciendo que las monedas de colección eran emisiones en euros no destinadas a circulación, acuñadas en metales preciosos. Esta norma se alineó con el marco estatal y comunitario, permitiendo la emisión de monedas conmemorativas como acto de reconocimiento cultural. La Orden de 2013 se inscribe en este contexto, autorizando la emisión de monedas para conmemorar el milenio del Reino de Granada, reforzando el valor cultural y patrimonial de dichas emisiones.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →