Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 450/1995, de 24 de marzo, sobre ingreso en efectivo de recursos económicos de centros del Instituto Nacional de la Salud, comprendidos en la disposición adicional vigésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

BOE-A-1995-10831Publicada: 06/05/1995MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Gestión de ingresos en hospitales públicos** Este Real Decreto regula cómo los hospitales públicos, dependientes del Instituto Nacional de la Salud, deben gestionar el dinero que reciben por vender bienes o prestar servicios a personas que no son pacientes habituales del sistema público. Es decir, si un hospital vende algo o presta un servicio a alguien ajeno al sistema, el dinero que recaude se gestionará de una forma específica. Lo que cambia es que estos ingresos ya no se considerarán directamente parte de las cuentas generales de la Seguridad Social. En su lugar, se depositarán en cuentas bancarias especiales, separadas para cada centro hospitalario, y vinculadas a una cuenta central del Ministerio de Sanidad. Esto permite un control más detallado de estos fondos. Este Real Decreto entró en vigor el 6 de mayo de 1995, estableciendo las normas para la gestión de estos ingresos desde esa fecha. Su objetivo es clarificar y organizar la administración de los recursos económicos generados por actividades secundarias de los centros sanitarios públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la gestión de los ingresos generados por la venta de bienes y servicios a terceros en centros del Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) no estaba tan claramente definida. La normativa actual, que emana de la Ley General de Sanidad y la Ley General de la Seguridad Social, busca separar estos ingresos de las cuentas generales de la Seguridad Social. A diferencia de otros modelos autonómicos o europeos donde la gestión puede ser más centralizada o descentralizada, este Real Decreto establece un procedimiento específico a nivel nacional. Su aprobación por el Consejo de Ministros en 1995 responde a la necesidad de unificar y transparentar la administración de estos fondos, asegurando que se utilicen adecuadamente y se controlen de forma eficiente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →