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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 14 de noviembre de 1995, de la Secretaría General para la Seguridad Social, mediante la que se dictan normas de aplicación y desarrollo de la Orden de 2 de agosto de 1995 sobre las Comisiones de Control y Seguimiento de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

BOE-A-1995-25206Publicada: 21/11/1995MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas normas para el control de las Mutuas de Accidentes de Trabajo** Esta resolución establece las reglas detalladas para el funcionamiento de las Comisiones de Control y Seguimiento de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Estas comisiones son las encargadas de supervisar la gestión de estas entidades, que son fundamentales para proteger a los trabajadores en caso de accidentes laborales o enfermedades relacionadas con el trabajo. Lo que cambia concretamente es que se aclaran dudas sobre la composición de estas comisiones, especialmente ante procesos electorales que puedan modificar la representación de los trabajadores. También se fijan límites para las indemnizaciones que recibirán los miembros de estas comisiones, buscando que sean similares a las de otros órganos de participación en la Seguridad Social. Además, se establecen normas para que las Mutuas puedan cubrir los gastos derivados del funcionamiento de estas comisiones. Estas normas entraron en vigor el 21 de noviembre de 1995, aunque la constitución efectiva de las comisiones debía completarse antes del 1 de diciembre de ese mismo año. El objetivo es asegurar un control transparente y eficiente de las Mutuas para beneficio de los trabajadores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la gestión de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social carecía de un órgano específico de control y seguimiento con la estructura que ahora se establece. La Orden de 2 de agosto de 1995 sentó las bases para la creación de estas Comisiones, pero la resolución de noviembre de 1995 es crucial porque detalla su aplicación y desarrollo. A diferencia de otras normativas autonómicas o europeas que pueden tener enfoques distintos en la supervisión de entidades aseguradoras, esta norma es de ámbito nacional y específica para el sistema español de Seguridad Social. Su aprobación por la Secretaría General para la Seguridad Social es relevante porque busca garantizar la correcta administración de los recursos y la protección de los derechos de los trabajadores, un pilar fundamental del estado de bienestar. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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