Orden FOM/1862/2013, de 9 de octubre, por la que se determinan para el año 2012 los costes tipo aplicables a los costes subvencionables regulados en el Real Decreto 170/2009, de 13 de febrero, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-23 Fuente original: ES-BOE — Orden FOM/1862/2013, de 9 de octubre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES / FUENTE: ES-BOE / ÓRGANO: Ministerio de Fomento / TIPO: Orden Ministerial regulatoria / FECHA: 9 de octubre de 2013 / IDENTIFICADOR: FOM/1862/2013 / IDIOMA ORIGINAL: Español / MATERIAS: Transporte marítimo, Transporte aéreo, Comercio exterior, Islas Canarias, Compensación económica / ÁMBITO: Estatal / RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** La Orden establece los costes tipo (tarifas oficiales de referencia) que se aplicarán en 2012 para determinar las compensaciones económicas al transporte marítimo y aéreo de mercancías hacia y desde las Islas Canarias. Fija los montos máximos subvencionables para cada ruta y tipo de unidad de transporte. --- **CONTEXTO** España tiene obligación constitucional (art. 138 CE) de atender las circunstancias especiales del hecho insular canario. Para compensar los sobrecostes que genera la lejanía del archipiélago respecto al territorio peninsular y la UE, existe un sistema de subvenciones al transporte regulado por la Ley 19/1994 (régimen fiscal de Canarias). El Real Decreto 170/2009 (modificado en 2011) desarrolló este régimen para mercancías incluidas en el anexo I del Tratado CE, precisando que cada año el Ministerio de Fomento debe determinar costes tipo por ruta para delimitar el máximo subvencionable. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden responde al mandato del artículo 6.2 del RD 170/2009 de fijar anualmente costes tipo diferenciados para: (i) tráfico interinsular dentro de Canarias; (ii) ruta Canarias-Cádiz (transporte marítimo); y (iii) ruta Canarias-Madrid Barajas (transporte aéreo). El anexo de la Orden contiene tablas detalladas de costes tipo para cada trayecto específico, expresados en euros por unidad de medida (kilos en aéreo; kilos, metros lineales o contenedores T20/T40 en marítimo). Los costes varían según: - **Rutas marítimas interinsulares** (Gran Canaria-Fuerteventura, Gran Canaria-Tenerife, Tenerife-Fuerteventura, Lanzarote-Fuerteventura, etc.), con costes que oscilan, por ejemplo, entre 0,02-0,05 euros/kilo para carga general y 20-70 euros/metro lineal, incrementándose para contenedores (663-1.337 euros T20, según destino). - **Ruta Canarias-Cádiz (marítima)**: 0,11 euros/kilo, 147,74 euros/metro lineal, 871,50 euros/T20 (sin alquiler de unidad refrigerada) y 1.081,50-1.638 euros (con alquiler de unidad refrigerada para productos perecederos). - **Ruta Canarias-Barajas (aérea)**: 1,53 euros/kilo. Los costes aumentan cuando se utiliza alquiler de unidad de transporte para productos perecederos (*refrigerated unit rental*), reflejando un sobrecoste operativo. La entrada en vigor fue el día siguiente a su publicación en BOE. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Estado fija tablas oficiales de referencia sobre cuánto cuesta transportar mercancías hacia/desde Canarias para el año 2012. Con estas tablas, la Administración sabe cuál es el máximo que puede subvencionar a cada transporte. Es un sistema anual que actualiza costes según realidad de mercado. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de actualización anual**: Estos costes tipo son específicos para transportes efectuados en 2012; cada año se publica nueva Orden con nuevos costes (esta fue sustituida por órdenes posteriores en 2013, 2014, etc.). ℹ️ **Base para reclamación de subsidios**: Si tienes operaciones de transporte marítimo o aéreo hacia Canarias, estos costes tipo delimitan el máximo subvencionable; excedentes no dan derecho a compensación económica estatal. ⚠️ **Relevancia transfronteriza**: El régimen afecta a exportaciones Canarias-UE incluidas en anexo I del Tratado CE (productos agrícolas, ganaderos, pesqueros básicamente); operadores que hacen esta ruta deben alinearse con estos costes tipo para justificar subvenciones. ✅ **Diferenciación por producto**: Los costes pueden incrementarse si se utiliza transporte refrigerado para productos perecederos, lo que permite una compensación más realista de sobrecostes operativos específicos. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden FOM/1862/2013, el sistema de compensación al transporte marítimo y aéreo hacia y desde las Islas Canarias se regulaba mediante el Real Decreto 170/2009, que establecía un marco general para la determinación de costes subvencionables. Este régimen se inscribía en el marco estatal y europeo, donde la UE establecía en su Tratado Constitutivo la necesidad de compensar las particularidades de las regiones insulares. La norma canaria, en cambio, se basaba en la Ley 19/1994, que reconocía su situación especial. La importancia de la Orden radica en que fija los costes tipo para 2012, permitiendo una aplicación concreta y uniforme del sistema de subvenciones, alineándose con las obligaciones estatales y europeas.