Orden PRE/2004/2013, de 25 de octubre, por la que se actualiza la composición de la Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-23 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden PRE/2004/2013, de 25 de octubre, por la que se actualiza la composición de la Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Fomento | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 25-10-2013 | IDENTIFICADOR: PRE/2004/2013 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Normas sismorresistentes; Construcción; Seguridad estructural | ÁMBITO: Nacional | RELEVANCIA IW: INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Actualizar la composición de la Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes para adaptar los nombres de los departamentos ministeriales que la integran a las reorganizaciones administrativas ocurridas desde 1984, sin modificar sus funciones ni estructura esencial. --- **CONTEXTO** La Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes fue creada mediante Decreto 3209/1974 como órgano especializado en regular las exigencias constructivas para resistencia ante terremotos. Su funcionamiento se reguló definitivamente con el Real Decreto 518/1984, que permitió actualizaciones posteriores por vía de orden ministerial. Desde entonces, las sucesivas reorganizaciones de ministerios (cambios de denominación, fusiones, división de competencias) han hecho aconsejable una revisión de los nombres formales de los departamentos representados. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El artículo único define la composición de la Comisión, que queda encuadrada en la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional (adscrita al Ministerio de Fomento): **Estructura orgánica:** Presidente (el Director General del Instituto Geográfico Nacional); vocales ministeriales en representación de Fomento (tres vocales de infraestructuras, transporte y vivienda), Defensa, Interior, Industria/Energía/Turismo y Economía/Competitividad (uno cada uno); vocales de organismos científicos especializados (Comisión Española de Geodesia y Geofísica en sismicidad e ingeniería sísmica; Consejo de Seguridad Nuclear en seguridad nuclear; Asociación Española de Ingeniería Sísmica); Secretario sin voto (funcionario del Instituto Geográfico Nacional). La Comisión mantiene sus funciones originarias de elaborar, revisar y actualizar las *Normas Sismorresistentes* conforme a avances tecnológicos y experiencias acumuladas, según el artículo 2.B) del Real Decreto 518/1984. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se actualiza la "nómina" de quién participa en la Comisión que supervisa las normas de construcción para resistir terremotos, adaptando simplemente los nombres oficiales de los ministerios implicados. La Comisión sigue teniendo las mismas responsabilidades que antes: revisar y mejorar las normativas según nuevos conocimientos. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ℹ️ **Cambio administrativo sin impacto sustantivo** — Se actualizan exclusivamente denominaciones de departamentos ministeriales. Las funciones, competencias y estructura decisoria de la Comisión permanecen idénticas a las fijadas en 1984. 📋 **Cobertura sectorial multidisciplinar** — La Comisión integra representación pública (ministerios), científica (universidades/institutos) y especializada (seguridad nuclear), lo que garantiza criterios multidisciplinares en la regulación sismorresistente. ℹ️ **Referencia normativa base** — La potestad para estas actualizaciones proviene del artículo 1 del Real Decreto 518/1984, que expresamente permite "ampliación a otras representaciones de Ministerios u Organismos interesados" mediante orden ministerial, sin necesidad de decreto. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden PRE/2004/2013, la Comisión Permanente de Normas Sismorresistentes estaba integrada por departamentos ministeriales cuyas denominaciones no reflejaban las reorganizaciones administrativas desde 1984. Esta norma actualiza los nombres de los departamentos que la componen, alineándolos con la estructura actual del Estado, mientras mantiene inalteradas sus funciones. Este ajuste es relevante para garantizar la precisión y actualidad de los documentos normativos, facilitando la aplicación coherente de las normas sismorresistentes a nivel estatal y autonómico, y reflejando la evolución institucional de la Administración española.