Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 10 de octubre de 1996 por la que se amplía el contenido de las actuales hojas estadísticas de Convenios Colectivos de Trabajo.

BOE-A-1996-24404Publicada: 06/11/1996MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

¿Qué dice esta ley?

**Pequeña corrección en la información de los convenios colectivos** Esta orden ministerial es una corrección de errores de una orden anterior de 1996. Su objetivo es asegurar que la información que se recoge sobre los convenios colectivos de trabajo sea precisa. Los convenios colectivos son acuerdos que pactan las empresas y los trabajadores para regular las condiciones laborales, como salarios o horarios. Lo que cambia concretamente es una pequeña modificación en las hojas estadísticas que se utilizan para recopilar datos sobre estos convenios. En concreto, en algunos apartados, donde se indicaba el "segundo año de vigencia" de un convenio, ahora se corregirá para que ponga "tercer año de vigencia". Es un detalle técnico para que los datos sean correctos. Esta corrección de errores se publica el 6 de noviembre de 1996. Aunque es una orden antigua, su efecto es asegurar la exactitud de los registros estadísticos de los convenios colectivos, que son fundamentales para conocer las condiciones laborales en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 10 de octubre de 1996 buscaba mejorar la recopilación de datos sobre convenios colectivos. Sin embargo, esta Orden de 6 de noviembre de 1996 es una corrección de errores de la anterior, subsanando una imprecisión en la indicación de los años de vigencia en las hojas estadísticas. A nivel nacional, el Ministerio de Trabajo es el encargado de estas estadísticas. Comparativamente, la UE y otras comunidades autónomas también gestionan sus propios registros de convenios, pero esta corrección es específica de la normativa estatal de 1996. Su importancia radica en la fiabilidad de los datos estadísticos que sirven de base para análisis económicos y sociales sobre el mercado laboral. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →