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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de abril de 1997 por la que se actualizan los baremos de indemnización por sacrificio de animales afectados de peste porcina clásica, pertenecientes a razas precoces y sus cruces.

BOE-A-1997-9444Publicada: 01/05/1997MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas cantidades para indemnizaciones por peste porcina clásica** Esta orden ministerial establece los nuevos importes que se pagarán como compensación a los ganaderos cuyos cerdos sean sacrificados por padecer la peste porcina clásica. El objetivo es proteger la salud animal y evitar la propagación de esta enfermedad contagiosa que puede afectar a toda una explotación. Concretamente, se actualizan las cantidades económicas que se recibirán por el sacrificio de animales de razas porcinas precoces y sus cruces. Estos nuevos baremos buscan reflejar la realidad del mercado y asegurar una compensación justa para los afectados por esta medida sanitaria obligatoria. La entrada en vigor de esta orden es retroactiva, es decir, se aplica a los sacrificios de animales que se hayan realizado a partir del 18 de abril de 1997. Esto significa que quienes ya hayan sufrido sacrificios desde esa fecha podrán acogerse a estas nuevas indemnizaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La normativa sobre indemnizaciones por sacrificio de animales afectados por enfermedades como la peste porcina clásica tiene sus raíces en leyes de 1952 y 1955. Posteriormente, la normativa europea, como la Directiva 80/217/CEE, obligó a España a establecer medidas más estrictas, incluyendo el sacrificio de animales y la posibilidad de indemnización, como se reflejó en el Real Decreto 2159/1993. La aparición de brotes en otros países y en territorio nacional, junto con la necesidad de alinear la legislación con decisiones europeas urgentes, motivó la actualización de los baremos. Esta orden, financiada por la UE, el Estado y las CCAA, es un ejemplo de la coordinación sanitaria nacional bajo la competencia estatal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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