Sentencia de 11 de junio de 2013, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anulan el apartado 2 del artículo 1, así como el artículo 5 de la Orden ITC/2585/2011, de 29 de septiembre, por la que se revisan los peajes de acceso, se establecen los precios de los peajes de acceso supervalle y se actualizan determinadas tarifas y primas de las instalaciones del régimen especial, a partir del 1 de octubre de 2011.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Sentencia de 11 de junio de 2013, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, recurso 769/2011 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-ORD / Tribunal Supremo, Sala Tercera / Sentencia contencioso-administrativa / 11 de junio de 2013 / Recurso 769/2011 / Español / Derecho Administrativo-Energía, Tarifas acceso red eléctrica, Régimen especial / Nacional / **RELEVANCIA ALTA** --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** El Tribunal Supremo anula parcialmente una orden ministerial que revisaba las tarifas de acceso a la red eléctrica y establece precios supervalle para instalaciones del régimen especial. Ordena a la Administración pagar indemnización a Endesa por los peajes irregularmente aplicados. --- **CONTEXTO** España regula mediante órdenes ministeriales las tarifas que los operadores eléctricos deben pagar para acceder a la red. El régimen especial protege instalaciones (hidroeléctricas, eólicas, solares, cogeneración) con tarifas preferentes. La Orden ITC/2585/2011 modificó estos precios desde octubre de 2011. Endesa, mayor productora eléctrica española, recurrió alegando que algunos artículos violaban principios de proporcionalidad y cobertura de costes reales. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Sala Tercera estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo y declara contrarios a derecho los artículos 1 (apartado 2) y 5 de la Orden ITC/2585/2011. La sentencia reconoce que la regulación tarifaria cuestionada adolecía de defectos de legalidad sustancial. La Administración debe: (1) fijar un interés equivalente al de mercado (*market interest rate*) en relación con los derechos de cobro del desajuste de 2010 vinculado al déficit del sector eléctrico, aplicando los parámetros técnicos explicitados en el fundamento de derecho sexto; (2) indemnizar a Endesa por los peajes correspondientes a 2011 regulados ilegalmente, según criterios de daño emergente y lucro cesante detallados en la misma resolución. El tribunal desestima las demás pretensiones de Endesa, lo que implica que otros extremos de la orden mantienen validez. No condena al pago de costas procesales. El fallo debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado conforme al artículo 72.2 de la Ley Jurisdiccional 29/1998, integrándose en la jurisprudencia oficial del Tribunal Supremo. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El tribunal rechaza cómo el Gobierno reguló esos peajes eléctricos: no eran justos ni legales. Por eso obliga a la Administración a devolver el dinero que cobró irregularmente a Endesa y a aplicar intereses como si fuera un crédito en el mercado financiero ordinario. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad de reclamación**: Sentencia favorable a operador del régimen especial; otros productores eléctricos pueden tener base legal para reclamaciones análogas por peajes 2010-2011. ⚠️ **Riesgo regulatorio**: Anulación parcial de orden ministerial crea inseguridad jurídica sobre cálculo de intereses; la Administración debe redefinir parámetros técnicos (fundamento de derecho sexto) para fijar interés de mercado. 📋 **Obligación de indemnización**: La sentencia es definitiva y ejecutable; requiere liquidación administrativa de daños según criterios específicos que deben acreditarse por Endesa. ℹ️ **Contexto transfronterizo**: Este criterio sobre proporcionalidad tarifaria y régimen especial es relevante para operadores de energía renovable en UE con estructuras similares (Portugal, Francia, Alemania). --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Sentencia de 11 de junio de 2013, las tarifas de acceso a la red eléctrica en España se regulaban mediante órdenes ministeriales, como la Orden ITC/2585/2011, que establecían precios supervalle para instalaciones del régimen especial. Esta norma, aplicada por el Estado, contrastaba con el marco de la Unión Europea, que exigía que las tarifas se ajustaran a principios de proporcionalidad y cobertura de costes reales. La importancia de esta sentencia radica en que el Tribunal Supremo anuló parte de dicha orden, reconociendo la necesidad de equilibrio entre el régimen especial y el sistema estatal, alineándose así con los estándares de la UE y protegiendo los derechos de las empresas como Endesa.