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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 22 de diciembre de 1997 por la que se declaran comprendidos en el Real Decreto 2805/1979, de 7 de diciembre, a los españoles residentes en España que presten servicio en la Delegación en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados.

BOE-A-1997-28056Publicada: 31/12/1997MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

¿Qué dice esta ley?

**Españoles en la ONU para Refugiados, ahora en la Seguridad Social** Esta orden aclara que los ciudadanos españoles que trabajan en la Delegación en España del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y residen en nuestro país, ahora están cubiertos por el Régimen General de la Seguridad Social. Esto significa que tendrán acceso a las prestaciones y derechos que ofrece nuestro sistema de protección social, como jubilación, bajas médicas o desempleo, de la misma manera que otros trabajadores españoles. Lo que cambia concretamente es que estos empleados, hasta ahora en una situación particular, se equiparan a otros funcionarios o empleados de organizaciones internacionales intergubernamentales. Podrán formalizar un convenio especial con la Seguridad Social para asegurar su cobertura, solicitándolo en la Tesorería General de la Seguridad Social en Madrid. La orden entró en vigor el día primero del mes siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Dado que la orden es de diciembre de 1997, su entrada en vigor fue a principios de 1998, garantizando así la protección social de estos trabajadores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, existía una duda sobre si los españoles que trabajaban para el ACNUR en España, a pesar de ser una entidad internacional, debían estar cubiertos por la Seguridad Social española. La normativa previa, como el Real Decreto 2805/1979, ya contemplaba la inclusión de españoles en organizaciones internacionales, pero su aplicación a delegaciones específicas requería aclaración. Esta orden nacional equipara la situación de estos empleados a la de otros en organismos intergubernamentales, algo que ya se venía aplicando en otros contextos internacionales. Su importancia radica en garantizar la protección social de trabajadores que, aunque al servicio de una entidad global, residen y contribuyen en España, asegurando su acceso a derechos laborales y de protección social. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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