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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1117/1998, de 5 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 575/1997, en desarrollo del apartado 1, párrafo segundo, del artículo 131 bis) de la Ley General de la Seguridad Social.

BOE-A-1998-14283Publicada: 18/06/1998MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

¿Qué dice esta ley?

**Médicos de la Seguridad Social podrán dar el alta en bajas laborales** Este Real Decreto permite que los médicos adscritos al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puedan expedir el alta médica en casos de incapacidad temporal. Esto se hace exclusivamente para gestionar las prestaciones económicas de la Seguridad Social, sin interferir con el tratamiento sanitario que corresponde a los servicios de salud públicos. Lo que cambia concretamente es que, además de los servicios de salud, los médicos del INSS tendrán la potestad de dar el alta si consideran que la dolencia ya no afecta a la capacidad laboral del trabajador para recibir la prestación económica. Se busca así un control más riguroso para evitar abusos y fraudes en la gestión de estas bajas. Este Real Decreto entró en vigor el 18 de junio de 1998. Su objetivo es mejorar la eficiencia en la gestión de las bajas laborales y asegurar que las prestaciones económicas se concedan a quienes realmente las necesitan, combatiendo el fraude social. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta normativa, la expedición del alta médica recaía principalmente en los servicios de salud. El Real Decreto 1117/1998, modificando el RD 575/1997, atribuye esta facultad a los médicos del INSS para las prestaciones económicas de la incapacidad temporal. Esta medida, de ámbito nacional, se alinea con un esfuerzo por racionalizar la gestión de la Seguridad Social y combatir el fraude. A diferencia de otras legislaciones autonómicas o europeas que pueden tener enfoques distintos en la coordinación sanitaria y de prestaciones, esta norma busca una mayor efectividad en el control del gasto y la correcta aplicación de las prestaciones económicas, garantizando la seguridad jurídica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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