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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden INT/4326/2004, de 17 de diciembre, por la que se modifican determinados aspectos de la Orden de 24 de febrero de 1994, por la que se aprueban los modelos de licencias, autorizaciones, tarjetas y guías de pertenencia que serán utilizados para documentar las diversas clases de armas.

BOE-A-2005-143Publicada: 04/01/2005MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

**Nuevos modelos bilingües para tarjetas de armas en Comunidades Autónomas con lengua cooficial** Esta orden ministerial actualiza los documentos que acreditan la posesión y uso de ciertas armas, específicamente las de la categoría 4.ª. El objetivo principal es que estos documentos, como las tarjetas de armas, se emitan en formato bilingüe cuando vayan a tener validez en territorios con idioma cooficial distinto al castellano. Lo que cambia concretamente es que los modelos de tarjetas de armas para la 4.ª categoría, que hasta ahora eran solo en castellano, deberán ser bilingües. Esto significa que incluirán información tanto en español como en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma correspondiente, facilitando así su comprensión y uso por parte de los ciudadanos en esas regiones. La entrada en vigor de esta modificación se produce a partir de la fecha de publicación de la orden, el 4 de enero de 2005. Por lo tanto, los nuevos modelos bilingües se empezarán a utilizar para las licencias y autorizaciones de armas de la categoría mencionada en las Comunidades Autónomas afectadas desde ese momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Hasta 2005, la documentación para la tenencia de armas, como las tarjetas, se emitía principalmente en castellano. La Orden INT/4326/2004, en línea con la normativa estatal sobre imagen institucional y la necesidad de adaptar los documentos a la realidad plurilingüe de España, introduce la obligatoriedad de modelos bilingües para las armas de categoría 4.ª en Comunidades Autónomas con lengua cooficial. Esta medida no es exclusiva de España, ya que otras administraciones en Europa también adaptan sus documentos oficiales a los idiomas regionales. La Dirección General de la Guardia Civil es la encargada de confeccionar estos nuevos modelos, garantizando así el cumplimiento de la ley y facilitando la gestión a los ciudadanos afectados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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