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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TAS/139/2005, de 27 de enero, por la que se establecen para el año 2005, las bases de cotización a la Seguridad Social de los Trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.

BOE-A-2005-1717Publicada: 03/02/2005MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de las bases de cotización para trabajadores del mar** Esta orden ministerial establece las cantidades sobre las que los trabajadores del mar, pertenecientes a los grupos segundo y tercero, deben cotizar a la Seguridad Social durante el año 2005. Se basa en las remuneraciones medias percibidas el año anterior, adaptándose a las particularidades de cada provincia, tipo de pesca y categoría profesional. Concretamente, se fijan las bases únicas de cotización para cubrir todas las contingencias y situaciones protegidas por el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Esto significa que las aportaciones que estos trabajadores realizan a la Seguridad Social se calcularán sobre estas nuevas bases establecidas. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, pero sus efectos económicos son retroactivos, aplicándose desde el 1 de enero de 2005. Las posibles diferencias de cotización surgidas desde esa fecha podrán regularizarse sin recargo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden TAS/139/2005 se enmarca en la normativa presupuestaria estatal para el año 2005, que habilita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales a fijar las bases de cotización para los trabajadores del mar de los grupos segundo y tercero. Antes de esta orden, las bases se determinaban anualmente, buscando reflejar las remuneraciones reales del sector. A diferencia de otras normativas que pueden tener un carácter más general o autonómico, esta orden es de ámbito nacional y específica para un régimen especial. Su aprobación por el Ministerio, tras consultar a las organizaciones del sector, es crucial para garantizar la correcta financiación de las prestaciones de la Seguridad Social para este colectivo, asegurando su cobertura ante diversas contingencias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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